{"id":5327,"date":"2026-01-30T20:51:21","date_gmt":"2026-01-30T19:51:21","guid":{"rendered":"https:\/\/irphstop.eus\/?p=5327"},"modified":"2026-01-31T22:07:58","modified_gmt":"2026-01-31T21:07:58","slug":"irph-klausula-ontzat-ematen-duen-epai-berria-epaitegi-gorenean","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/irphstop.eus\/es\/irph-klausula-ontzat-ematen-duen-epai-berria-epaitegi-gorenean\/","title":{"rendered":"Nueva sentencia del Supremo dando por buena la cl\u00e1usula IRPH porque s\u00ed"},"content":{"rendered":"<p>Nueva sentencia del Supremo dando por buena la cl\u00e1usula IRPH porque s\u00ed<\/p>\n<p>El Supremo desobedece al Tribunal Europeo al no comparar ni el m\u00e9todo de c\u00e1lculo ni el valor resultante de aplicar el IRPH sin diferencial negativo<\/p>\n<p>Sigue sin establecer un criterio v\u00e1lido a la vez que publica decenas de autos invitando a los demandantes a retirar su demanda bajo amenaza de una condena en costas<\/p>\n<p>Donostia, 30\/1\/2026<\/p>\n<p>La Sentencia 1948\/2025 de 23 de diciembre de 2025 conocida hoy sigue en la l\u00ednea de las anteriores STS 1590\/2025 y 1591\/2025 de 11 de noviembre dando por buena la cl\u00e1usula IRPH sin fundamentos suficientes y desobedeciendo las indicaciones expresas del Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p>En efecto, el Tribunal Europeo en la \u00faltima de las cinco ocasiones en las que ha corregido al Supremo espa\u00f1ol en materia de IRPH le orden\u00f3 que comparara el m\u00e9todo de c\u00e1lculo del IRPH y del Euribor y tambi\u00e9n el tipo resultante de aplicar el IRPH en cada pr\u00e9stamo con los tipos de inter\u00e9s aplicados en el mercado.<\/p>\n<p>La sentencia 1591\/2025 omiti\u00f3 la comparativa del m\u00e9todo, y en la sentencia conocida hoy no se ha corregido este punto, por lo que la desobediencia queda confirmada.<\/p>\n<p>En cuanto a la comparativa del tipo resultante, en la sentencia 1591\/2025 se utilizaron para la comparativa unas estad\u00edsticas no representativas del mercado y por tanto no conformes a los requisitos de Luxemburgo. Adem\u00e1s, y a pesar de que el tipo resultante en el contrato era superior a las estad\u00edsticas seleccionadas por el propio Supremo, este consider\u00f3 que el desequilibrio causado no era lo suficientemente evidente como para declarar la abusividad de la cl\u00e1usula, y lo hizo sin especificar a partir de qu\u00e9 magnitud considera que el desequilibrio s\u00ed es evidente.<\/p>\n<p>En la sentencia conocida hoy el esperpento es todav\u00eda mayor: el contrato es del a\u00f1o 2000 y ninguna de las estad\u00edsticas seleccionadas por el Supremo est\u00e1 disponible para esa fecha, por lo que la comparativa no es posible. En esas condiciones el Supremo compara el tipo resultante con el tipo fijo inicial del pr\u00e9stamo y con el valor del Euribor. Ambos son inferiores, pero la diferencia no le parece \u00abrelevante ni desproporcionada\u00bb, por lo que da por buena la cl\u00e1usula sin decir cu\u00e1nto le parecer\u00eda una diferencia relevante.<\/p>\n<p>Desde IRPH Stop Gipuzkoa queremos recordar que esta plataforma ya public\u00f3 un <a href=\"https:\/\/irphstop.eus\/es\/gorenaren-epaien-azterketa-ekonomiko-finantzarioa-tutik-ere-ez-dakite\/\" target=\"_blank\">informe econ\u00f3mico-financiero que descartaba todas y cada una de las series estad\u00edsticas que propuso el Supremo para la comparativa<\/a>, y propuso una serie que s\u00ed puede considerarse representativa de los tipos de inter\u00e9s aplicados en el mercado. Se trata del tipo de inter\u00e9s medio ponderado de cr\u00e9dito a la vivienda publicado en el Bolet\u00edn Estad\u00edstico del Banco de Espa\u00f1a como serie 19_4.2 y como serie MIR.M.ES.B.A2C.A.R.A.2250.EUR.N por el Banco Central Europeo (con datos facilitados por el Banco de Espa\u00f1a).<\/p>\n<p>En el pr\u00e9stamo objeto de la demanda, el valor del IRPH m\u00e1s diferencial en el momento de contrataci\u00f3n, julio de 2000, era de 5,899%. El tipo de inter\u00e9s nominal en el mercado, calculado a partir del dato del Banco de Espa\u00f1a, fue sin embargo de 5,7178%. \u00bfEsta diferencia de 0,1812% es relevante? Sabemos que para el Supremo no, pero analicemos lo que supone pagar un 0,1812% m\u00e1s durante 30 a\u00f1os en un pr\u00e9stamo como el de la demanda, y veremos que son como m\u00ednimo 3.122 euros. Podr\u00edan llegara a ser 7.985 euros si se calcula un pr\u00e9stamo de menor duraci\u00f3n con mensualidad equivalente, pero qued\u00e9monos con los 3.122 euros. \u00bfEs un desequilibrio evidente para un pr\u00e9stamo de 75.127 euros? Pongamos ese dato junto a otro, para ganar perspectiva: si esa familia se retrasa en el pago de la hipoteca y acumula un retraso de 2.254 euros puede perder su casa, porque el Banco puede desahuciarla por acumular un retraso superior al 3% del capital prestado. Con esa perspectiva, si 2.254 euros son lo suficientemente relevantes como para dejar sin hogar a una familia \u00bf3.122 euros no son lo suficientemente relevantes como para apreciar un desequilibrio? Creemos que s\u00ed. La regla de comparar el desequilibrio con el 3% del capital prestado fue propuesta por los abogados pioneros Maite Ortiz y Jos\u00e9 Mar\u00eda Erauskin y desde IRPH Stop Gipuzkoa creemos que el l\u00edmite debe rebajarse a la mitad, a un 1,5%, porque nuestro derecho a una vivienda digna es como m\u00ednimo el doble de importante que el derecho de la banca a lucrarse con nuestra necesidad de financiaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cabe destacar que esta sentencia llega tras conocerse<a href=\"https:\/\/irphstop.eus\/es\/irph-gorenak-milaka-kontsumitzaileri-kostuak-ordainarazteko-mehatxua-egiten-die-auzibidea-kentzen-ez-badute\/\" target=\"_blank\"> m\u00e1s de 77 autos del Supremo amenazando con una condena en costas a los miles de consumidores que tienen su caso a la espera de resoluci\u00f3n en el Supremo<\/a>.<\/p>\n<p>En estas condiciones queda claro que el Supremo necesitar\u00e1 una sexta correcci\u00f3n por parte del Tribunal Europeo. Esperemos que en alg\u00fan momento haya adem\u00e1s una sanci\u00f3n a los magistrados, porque la desobediencia es flagrante.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Nueva sentencia del Supremo dando por buena la cl\u00e1usula IRPH porque s\u00ed El Supremo desobedece al Tribunal Europeo al no comparar ni el m\u00e9todo de c\u00e1lculo ni el valor resultante de aplicar el IRPH sin diferencial negativo Sigue sin establecer un criterio v\u00e1lido a la vez que publica decenas de autos invitando a los demandantes &hellip; <a href=\"https:\/\/irphstop.eus\/es\/irph-klausula-ontzat-ematen-duen-epai-berria-epaitegi-gorenean\/\" class=\"more-link\">Continue reading <span class=\"screen-reader-text\">Nueva sentencia del Supremo dando por buena la cl\u00e1usula IRPH porque s\u00ed<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":5240,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[12,20],"tags":[],"class_list":["post-5327","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-irph","category-tribunales"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/irphstop.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5327","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/irphstop.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/irphstop.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/irphstop.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/irphstop.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5327"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/irphstop.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5327\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5340,"href":"https:\/\/irphstop.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5327\/revisions\/5340"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/irphstop.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5240"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/irphstop.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5327"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/irphstop.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5327"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/irphstop.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5327"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}