En principio, salvo error por nuestra parte, IRMH es otra manera de llamar al IRPH Entidades. Comprueba si el tipo que te han aplicado ha coincidido siempre con el IRPH Entidades y si es así tendrías doble motivo para quejarte. Dependiendo de lo que pongan tus escrituras, si la descripción del índice no es correcta (no utilizan su nombre correcto y/o no incluyen la definición completa y/o no hacen referencia al BOE en el que se define…) aparentemente tendría más sentido tumbar la cláusula por falta de transparencia.