Una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Huelva se ha convertido en la segunda sentencia firme de nulidad de IRPH por abusivo. La sentencia, de fecha 12 de abril de 2016 y que ya está disponible en el apartado “Tribunales” de nuestra página, estima una demanda presentada contra Caja Rural del Sur y declara nulo por abusivo el tipo de interés IRPH Entidades.
El fallo critica que el IRPH sea calculado como una media simple, y destaca que el Banco de España lo calcula «sin realizar ningún tipo de ponderación, sin utilizar ningún tipo de coeficiente corrector que evite la distorsión que suponen aquellos datos que se desvían exageradamente de la tónica general», «de manera que resulta una realidad incontestable que se trata de un tipo de interés obtenido exclusivamente a partir de la participación y comportamiento de las propias entidades de crédito». La sentencia añade que «una de las partes del contrato, con su comportamiento contribuye a la determinación de un índice de referencia que, posteriormente, aplicará en los contratos que ella misma ha suscrito con sus clientes». La sentencia afirma tajantemente que «las entidades financieras influían en el valor absoluto del tipo de interés IRPH de ese mes, valor que en las correspondientes revisiones se imponía a la totalidad de los clientes que tenían su préstamo referenciado al citado índice».
Se trata por tanto de una sentencia demoledora en cuanto a la abusividad del IRPH, que se suma a la doctrina iniciada en Gipuzkoa con las más de 30 demandas que IRPH Stop Gipuzkoa ganó, con asistencia de sus abogados Maite Ortiz y José María Erauskin, contra Kutxabank. Dicha doctrina se ha extendido por todo el estado, y decenas de sentencias análogas han sido dictadas ya por numerosos juzgados. Cabe destacar que la mayoría de estas sentencias han sido dictadas después de que la Audiencia Provincial de Gipuzkoa revocara las pioneras sentencias conseguidas por Ortiz y Erauskin, y por tanto es obvio que existe un enfrentamiento abierto entre los juzgados de todo el estado y la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, que está quedando en una evidente situación de soledad en su defensa del IRPH.
La Audiencia Provincial de Álava ha sido la primera (y por ahora la única) en validar una sentencia de nulidad de IRPH (en una demanda presentada igualmente por Ortiz y Erauskin), pero Kutxabank presentó recurso y el Tribunal Supremo deberá pronunciarse. La batalla judicial contra el IRPH sigue adelante, y esta segunda sentencia firme es sin duda un hito muy importante.
La sentencia de Huelva decreta la supresión de la cláusula relativa al IRPH y la subsistencia del contrato, pero en lugar de dejar el préstamo libre de intereses (como ya han hecho otros juzgadores al anular el IRPH por abusivo) establece el Euribor como nuevo tipo de referencia, manteniendo el diferencial de 4,25% que al parecer tenía el contrato original. Una auténtica barbaridad.
En valencía tenéis oficina? Mi pareja tiene el IRPH y queremos saber que hay que hacer , gracias
Hola,nosotros tambien tenemos Irph. Somos d e
Bacelona(Mataró ),donde y a quien debemos dirijirnos.
La nuestro tiene el añadido que es una hipoteca con IRPH y PROGRESION GEOMETRICA VARIABLE.
M uchas gracias.
hola yo e ido tres veces a mi banco a preguntar sobre el IRPH i siempre medicen lo mismo pregunta tengo que coger un abogado por que el interés es 3.95 %