Una sentencia de nulidad de IRPH dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº1 de Llíria (València) ha devenido firme al no presentar recurso el Banco Sabadell. Se trata de una noticia muy importante en la batalla legal contra el IRPH, pues a pesar de que las sentencias de nulidad de IRPH se cuentan ya por decenas, los bancos siempre suelen recurrir y el número de sentencias firmes es todavía muy reducido.
La que anunciamos hoy es, como mínimo, la cuarta sentencia firme de nulidad de IRPH por abusivo, después de la primera que conocimos en enero de 2016 (dictada por el Juzgado de lo Mercantil Nº3 de Valencia), una segunda que conocimos en mayo (dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Huelva) y la tercera, de fecha 17 de junio de 2016 en Pola de Siero, Asturias.
La sentencia declara la nulidad del IRPH Entidades vigente en el préstamo, y añade que hubiera anulado igualmente el IRPH Cajas al que se refirió originalmente el préstamo. El Banco es condenado a reintegrar al demandante los intereses cobrados de más, y el préstamo sigue vivo sustituyéndose el IRPH Entidades por Euribor, sin diferencial alguno.
Cabe destacar que la jueza deja claro en su sentencia que habría dejado el préstamo sin interés alguno, pues entiende, de manera acertada, que al anular una cláusula abusiva no puede moderarla y debe limitarse a eliminarla del contrato. Al entender, como ya han hecho otros juzgadores, que el préstamo es un contrato naturalmente gratuito, habría dejado el interés a cero si la demanda no hubiera solicitado expresamente la sustitución por Euribor.
Es muy probable que la decisión del banco de no recurrir la sentencia se deba precisamente a este extremo, y puede que el banco temiera que en caso de recurrir el préstamo terminara quedando con interés nulo, teniendo que devolver la totalidad de los intereses cobrados.
En cualquier caso, el demandante se queda con un Euribor que actualmente está en valores negativos, por lo que puede estar más que satisfecho.
La sentencia íntegra se encuentra ya en nuestra base de datos de sentencias relativas a IRPH, y puedes acceder directamente a la misma haciendo click aquí.
Pues en Girona un juez sigue declarando válido el IRPH, para resumir:
– declarando el IRPH un índice oficial y totalmente válido.
– declarando que fue el cliente quien no actuó de forma diligente ya que pudo y debió recabar información por su cuenta de este índice.
– Argumenta justo lo contrario que las sentencias que han ido apareciendo en los últimos meses en otros juzgados de primera instancia que declaran que el IRPH no cumple el control de vicio, transparencia…