PRIMERA CONDENA FIRME CONTRA KUTXABANK POR APLICACIÓN DE IRPH
LA SENTENCIA ESTIMA QUE KUTXABANK SE DEMORÓ INDEBIDAMENTE EN LA SUSTITUCIÓN A EURIBOR+1
LA CONDENA NO ADMITE RECURSO Y KUTXABANK YA HA ABONADO EL IMPORTE RECLAMADO POR LOS DEMANDANTES
LA SENTENCIA CONTRAVIENE LA POSTURA DE PNV Y PSE-EE DE RETRASAR LA SUSTITUCIÓN
Donostia – San Sebastián, 26-3-2015
La primera condena firme a Kutxabank por aplicación de IRPH se ha conocido hoy, aunque tiene fecha de 18 de febrero y ha sido dictada en Valladolid. IRPH Stop Gipuzkoa ha tenido acceso a la sentencia (que puedes ver aquí) y ha podido confirmar que Kutxabank ya ha abonado el importe reclamado por los demandantes.
Se trata de una demanda de incumplimiento de contrato, por entender los demandantes que Kutxabank se demoró demasiado en la sustitución del IRPH Cajas, una vez desaparecido, por el sustitutivo Euribor+1 previsto en la mayoría de contratos de Kutxabank. Esta entidad decidió posponer la aplicación de Euribor+1 hasta la primera revisión posterior al 1 de noviembre de 2013, a pesar de las protestas de los afectados y desoyendo los llamamientos expresos de instituciones como el Parlamento de Gasteiz, las Juntas Generales de Gipuzkoa y más de 30 ayuntamientos.
La sentencia establece que «el IRPH Cajas dejó de ser aplicable el 29/4/2013», y por tanto Kutxabank se demoró indebidamente en la sustitución, llegando a año y medio de aplicación indebida de IRPH Cajas en los peores casos.
La sentencia viene a reavivar la discusión sobre el momento de la sustitución, que generó gran polémica en foros como las Juntas Generales de Gipuzkoa, donde PNV y PSE-EE defendieron la interpretación de Kutxabank y su decisión de prolongar al máximo en el tiempo la aplicación de este índice. Se trata por tanto de un varapalo al discurso de estos dos partidos, y en concreto de las junteras Eider Mendoza (PNV) y María Jesús Egido (PSE-EE), que destacaron en la defensa de este abuso.
A pesar la importancia de esta sentencia, a día de hoy la discusión sobre el momento exacto de la sustitución ya no es fundamental para los afectados, pues han conseguido más de 30 sentencias de nulidad del índice, tras demostrar que es abusivo. En esas sentencias, Kutxabank ha sido condenada a devolver las cantidades cobradas con IRPH desde el inicio mismo de la hipoteca, y por tanto el momento de la sustitución resultaría irrelevante, pues el efecto de las sentencias es que el IRPH nunca debió aplicarse, y todas las cuotas pagadas según IRPH han de ser recalculadas reintegrando a los afectados la diferencia.
Recientemente, la Audiencia Provincial revocó la primera de estas sentencias de nulidad, y el pasado 12 de marzo IRPH Stop Gipuzkoa presentó recurso al Tribunal Supremo, con cuestión previa al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Posteriormente se han conocido dos sentencias de nulidad de IRPH en el Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona, lo que demuestra que la batalla judicial será larga y no se limitará a Gipuzkoa.
Nosostros hemos sido afectados también por la aplicación del IRPH desde el inicio de la hipoteca- También se empezó a aplicar el Euribor +1 a partir de la fecha de revisión (julio de 2014) y no desde su desaparición. qué medidas tenemos que tomar para que nos devuelvan los intereses cobrados indebidamente? gracias y un saludo