Icamalaga retira la invitación a José María Erauskin

El Colegio de Abogados de Málaga Icamalaga ha retirado a José Mari Erauskin la invitación que le hizo para que expusiera en su Congreso Jurídico anual la situación y previsiones de futuro en la batalla judicial contra el IRPH

El Ilustre Colegio de Abogados de Málaga Icamalaga celebrará en octubre de 2019 su 15° Congreso Jurídico de la Abogacía, una cita anual en la que profesionales de la abogacía debaten sobre temas de actualidad. En cuanto al derecho bancario y de consumo, es obvio que el tema del IRPH está de máxima actualidad, a la espera de una sentencia del TJUE que podría corregir al Tribunal Supremo español, y con evidente preocupación por parte de la banca española. Además, el congreso se celebrará en octubre, un mes después de que en septiembre se conozca la opinión del Abogado General del TJUE. Una ponencia de José Mari Erauskin y/o Maite Ortiz sería por tanto de máximo interés, al tratarse de los abogados pioneros en materia de IRPH, que defendieron la causa ante el Supremo y que llevan el caso ante el TJUE, habiendo participado en Luxemburgo en la vista oral.

Erauskin ha hecho público que aceptaron de buena gana la invitación de Icamalaga, bloquearon sus agendas y comenzaron a mirar vuelos. Además, renunciaron a cobrar por su participación y pidieron que ese dinero fuera dirigido a asociaciones protectoras de animales de la zona.

Sin embargo, todo parece truncarse cuando Erauskin recibe un correo electrónico en el que se le comunica que han decidido “no llevar a cabo tu ponencia”. Ante su petición de explicaciones, le responden “el motivo viene por parece ser un incidente ocurrido hace unos tres años”. Posteriormente le aclaran que el supuesto “incidente” habría sido con el Decano de Icamalaga Francisco Javier Lara Peláez, al que según ha afirmado Erauskin “ni conozco, ni conocí, ni tengo interés alguno en conocer”.

‏Parece poco creíble que Icamalaga no recordara el supuesto incidente al preparar la agenda y se haya dado cuenta después de que la agenda de ponencias del congreso se haya comenzado a difundir entre los profesionales. ¡Además Erauskin afirma no conocer al decano! No sabemos si el motivo real puede ser un toque de atención por parte de la banca, pero lo cierto es que la agenda del congreso ya es pública y en el apartado bancario no hay ni rastro del IRPH.

Animamos a Icamalaga a no ceder a las presiones y a reconsiderar su postura. Y animamos además a los abogados asistentes al congreso a presionar para poder presenciar una ponencia de evidente interés para ellos. Como afectados, deseamos que el tema del IRPH sea expuesto a los profesionales de la abogacía por los pioneros y expertos.

Sexto aniversario de la web

¡Estamos de aniversario! Hoy 4 de julio de 2019 se cumplen 6 años desde que pusimos en marcha esta web. Arrancamos como irphstop.plazan.net con la ayuda de la PAH Stop Desahucios de Gipuzkoa, más tarde pasamos a ser irphstop.net y finalmente nos mudamos a irphstop.eus

Durante estos seis años hemos sido la web de referencia en la lucha contra el IRPH, con la mayor base de datos de sentencias y todas las noticias relacionadas con el IRPH.

Además cumplimos 3 años desde que publicamos en exclusiva en esta web el informe que acerca del IRPH elaboró el Doctor Juan Etxeberria Murgiondo, Catedrático Acreditado de Estadística Aplicada. En su informe, el Doctor Etxeberria certifica que las entidades tienen capacidad para «incidir, influir, manipular y condicionar el resultado final» del IRPH, y que lo pueden hacer además «tanto de forma individual como de forma grupal».

¡Esperamos terminar pronto con esta estafa y no cumplir muchos más años!

Aplazadas las conclusiones del Abogado General del TJUE en el asunto IRPH

Como es sabido, el IRPH está a la espera de sentencia en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y antes de que se dicte sentencia se ha de conocer la opinión del Abogado General Maciej Szpunar, que participó en la vista oral celebrada en Luxemburgo el pasado 25 de febrero de 2019. Las conclusiones del Abogado General no son vinculantes pero la mayoría de las sentencias suelen coincidir con el criterio marcado por el mismo, y por lo tanto son muy importantes. La semana pasada supimos que la lectura pública de estas conclusiones, inicialmente fijada para el 24 de junio, se aplaza al 10 de septiembre de 2019 a las 9:30 horas.

No son buenas noticias, pues supone alargar el sufrimiento de muchas familias. Supone además que a muchas de estas familias se les hará un daño irreparable, pues hay instancias judiciales que, en lugar de dejar en suspenso los procedimientos judiciales abiertos a la espera de lo que diga el TJUE, siguen dictando sentencias favorables a la banca basándose en la sentencia del Tribunal Supremo. Es el caso de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 14ª, que está desestimando todas las demandas de nulidad de IRPH en base a una doctrina que bien pudiera ser revocada por el TJUE. El daño que podría estar infringiendo es irreparable, pues muchas familias no podrán recurrir por falta de medios económicos, por lo que tendrán una sentencia contraria a sus intereses que quedará firme, y no se beneficiarían de una hipotética decisión del TJUE que corrija al Supremo. Por el contrario, la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, a pesar de haberse mostrado siempre favorable a la banca en materia de IRPH, se comporta de manera prudente, y ha optado por suspender los procedimientos.

Esta disparidad de criterios no ocurriría si la cuestión prejudicial al TJUE hubiera sido elevada por el propio Tribunal Supremo en lugar de un juzgado de Barcelona. En ese caso, todos los procedimientos quedarían en suspenso a la espera de conocer la sentencia del TJUE. Pero el Supremo decidió no preguntar, y lo hizo a pesar de que en su seno existían graves discrepancias. No olvidemos que la sentencia del Supremo, favorable a la banca en materia de IRPH, contenía el voto particular de dos magistrados que afirmaban sin ambages que la misma era contraria al derecho comunitario. Ante una duda tan grave era obligación del Supremo preguntar a Europa, pero no lo hizo, en su obsesión de favorecer a la banca.

Desde IRPH Stop Gipuzkoa seguimos siendo optimistas respecto a la sentencia del TJUE, y animamos a todas las familias afectadas a seguir resistiendo.

Bankia mintió al TJUE: las hipotecas IRPH nunca han estado por debajo de la media

En la vista oral celebrada el pasado 25 de febrero en Luxemburgo, relativa a la cláusula IRPH (asunto C-125/18, Gómez del Moral Guasch), Bankia mintió al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El abogado de Bankia afirmó en la Gran Sala que los préstamos referenciados al índice IRPH Cajas con un diferencial de 0,25% han operado por debajo de las condiciones de mercado. Y justificó su afirmación haciendo referencia a un informe pericial, por lo que cabe concluir que Bankia ha mentido por escrito al Tribunal Europeo.

Es muy fácil demostrar que la afirmación de Bankia es falsa. En la gráfica de arriba se representa, en color azul, el tipo medio ponderado de los préstamos a la vivienda, publicado en el Boletín Estadístico del Banco de España como serie 19.4.2, con datos mensuales desde enero de 2003. En color verde, se muestra el valor mensual del IRPH Cajas incrementado en un 0,25%. A partir de octubre de 2013, y debido a la desaparición del IRPH Cajas, se representa el sustitutivo legalmente establecido, es decir, IRPH Entidades. A este índice se le suma el margen original de 0,25% y el diferencial legal establecido como diferencial histórico entre el IRPH Cajas y el IRPH Conjunto de Entidades, y que se ha tomado como 0,136%. Se observa que el trazo verde está siempre por encima del azul, y por tanto se demuestra que los préstamos referenciados a IRPH Cajas más 0,25% han tenido siempre unas condiciones más caras que la media.

Queda demostrado que Bankia intentó engañar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y que mintió durante la vista oral (y probablemente también por escrito). Que la banca española se permita mentir al Tribunal Europeo nos parece extremadamente grave, y esperamos que tenga consecuencias para Bankia.

El abogado José María Erauskin, en su turno de réplica, ya denunció durante la vista oral que la afirmación de Bankia era «radicalmente falsa», y descubrió además el origen del engaño planteado por Bankia. Según aclaró Erauskin, el trabajo presentado por Bankia emplea, como dato representativo del tipo medio del mercado español, la media correspondiente a los préstamos cuya revisión del tipo de interés se realiza en periodos superiores a 10 años. Como es sabido, la mayoría de los préstamos a tipo variable se revisan cada 6 ó 12 meses, por lo que el dato empleado por Bankia es totalmente marginal. Bankia habría empleado la serie 19.4.6 del Boletín Estadístico del Banco de España, en lugar de la serie 19.4.2, que considera todos los préstamos a la vivienda. Un auténtico intento de fraude al Tribunal Europeo.

Nos parece increíble que a estas alturas tengamos que demostrar cosas tan básicas como ésta. Y es que, por la propia definición del IRPH, es absolutamente imposible que un préstamo referenciado a IRPH opere por debajo de la media del mercado, salvo que se le aplique un diferencial negativo. En efecto, los índices IRPH se calculan como medias de los préstamos firmados durante un mes, por lo que, a lo sumo, aspiran a representar la media. Sin embargo, existen varias peculiaridades en el cálculo del IRPH que garantizan que sea siempre superior a la media, y son la siguientes:

– El IRPH se calcula con tipos TAE, que incluyen comisiones y gastos. Puesto que las hipotecas referenciadas a IRPH tienen sus propias comisiones y gastos, las personas afectadas sufren una doble imposición de las mismas, y por tanto sus préstamos son siempre más caros que la media. Esto es algo que el propio Banco de España advierte en una circular, en la que indica que para compensar el efecto inflacionista de las comisiones y gastos es necesario aplicar un diferencial negativo a las hipotecas IRPH. Sin embargo, este diferencial negativo no fue aplicado en ningún caso.

– El IRPH se calcula como una media simple no ponderada, de modo que todas las entidades tienen el mismo peso en la media. De este modo, las entidades más caras, aunque sean menos competitivas y tengan un menor volumen de mercado, hacen media con las entidades más competitivas y que tienen un mayor volumen. Esto resulta en un encarecimiento de la media.

– En el cálculo del IRPH no se consideran los préstamos más baratos, como los destinados a la adquisición de vivienda protegida o los concedidos al personal de las entidades bancarias.

Si, además de estas peculiaridades, tenemos en cuenta que en el ejemplo planteado por Bankia se considera la variedad más cara de IRPH (es decir, el IRPH Cajas) y se le suma un 0,25%, es simplemente ridículo pretender que el resultado haya sido nunca menor que la media. Es por ello, y por la demostración que hemos aportado más arriba, que podemos afirmar sin miedo a equivocarnos que Bankia ha mentido al Tribunal Europeo.

Y aunque lo explicado sea algo obvio, parece que la aclaración era necesaria, pues en los últimos días hemos constatado que existe un intento por hacer creer que las familias que firmamos nuestros préstamos referenciados a IRPH lo hicimos en unas condiciones favorables que luego se nos volvieron en contra. Nos estamos refiriendo a un mensaje de un alto cargo del Gobierno de España, más concretamente de su Secretario de Estado para la Unión Europea, el miembro del PSOE Marco Aguiriano. El señor Aguiriano es responsable de la Abogacía del Estado ante el TJUE, que en el asunto del IRPH, y en representación del estado español, está defendiendo los intereses de la banca y actuando por tanto en contra de las personas afectadas. Muchas de estas personas escribieron a Marco Aguiriano en Twitter antes y después de la vista oral del 25 de febrero, y este respondió acusando a las familias afectadas de especular con «hipotecas baratas» y de creerse «muy listos». Según el Secretario de Estado, las familias afectadas apostamos y perdimos. Se trata de un tweet escrito a altas horas de la madrugada, y al que acompañaron otros mensajes en los que el Sr. Aguiriano se burlaba de las faltas de ortografía y de la reducida cantidad de followers de algunas de las personas que se dirigieron a él. El Secretario de Estado borró los mensajes al día siguiente y pidió disculpas, pero su postura ya nos ha quedado clara.

No insistiremos aquí en lo inadmisibles que resultan sus mensajes ni en la necesidad de que dimita o sea cesado. Simplemente queremos destacar que las afectadas por IRPH no apostamos por hipotecas baratas, porque las hipotecas IRPH nunca han estado baratas, ni lo estarán.

Un segundo ejemplo del mismo mensaje sobre una supuesta apuesta que salió mal es el artículo de opinión publicado por varios periódicos del Grupo Vocento el 26 de febrero. El ilustre columnista Ignacio Marco-Gardoqui, en un artículo titulado «Con el alma en vilo», toma partido a favor de la banca calificando el juicio al IRPH como un «nuevo calvario» para «un perro muy flaco», en el que la banca parece ser la víctima y las afectadas por IRPH las pulgas que amenazan al perro flaco. Dicho artículo concluye diciendo que el autor nunca entendió «el hecho sorprendente de que los clientes entendieron siempre bien las operaciones que se saldaron con beneficio para el cliente y siempre mal todas las que terminaron en un fiasco». Lo que nosotros no llegamos a entender es que alguien como Ignacio Marco-Gardoqui, licenciado en Económicas y Empresariales por la Universidad de Deusto y que ha trabajado para entidades financieras, sugiera que las hipotecas IRPH podían haber llegado a saldarse con beneficio para el cliente. El problema, señor Marco-Gardoqui, es que por su definición un préstamo IRPH nunca puede ser beneficioso para el cliente. Y esto es algo que la banca conocía perfectamente cuando colocaba hipotecas IRPH, mientras que el consumidor no lo sabía porque nadie se lo explicó.

Y eso es precisamente sobre lo que ha de decidir el Tribunal de Justicia de la Unión Europea: ¿debían las entidades explicar que el IRPH es una media simple no ponderada, que se calcula con tipos TAE, que excluye las hipotecas más baratas y que el Banco de España indica que ha de acompañarse de un diferencial negativo para igualarlo a las condiciones de mercado? Es lo que creemos las personas afectadas, y también la Comisión Europea y dos magistrados discrepantes del Supremo. De este modo los consumidores más atentos y perspicaces habrían podido saber que estaban firmando algo que iba a ser siempre siempre siempre más caro que la media. Y, seguramente, muchos de ellos no lo habrían firmado. ¿O, por el contrario, bastaba con decir que el IRPH era un índice oficial? Es lo que defienden la banca, la mayoría de magistrados del Tribunal Supremo español y también la Abogacía del Estado español ante el TJUE.

El 24 de junio sabremos qué opina el Abogado General, y poco después conoceremos la sentencia del TJUE.

Mientras tanto, insistimos: Bankia ha mentido, porque los prestamos IRPH nunca han operado ni operarán por debajo de las condiciones de mercado. Eso es algo imposible. Y encima tenemos que ver cómo una entidad bancaria que es capaz de mentir al Tribunal es defendida por una Abogacía del Estado que pagamos con nuestros impuestos, y que pide en Europa que la banca española no sea castigada con sentencias con carácter retroactivo porque actuó de buena fe. ¿Se puede realmente creer en la buena fe de una entidad que miente tan descaradamente ante 15 jueces?

Se disuelven las cortes españolas sin debatir sobre el juicio al IRPH en el TJUE

Pedro Sánchez firmará mañana la disolución de las Cortes españolas, y por tanto ya no habrá tiempo para que se debata la postura que el gobierno español debe adoptar ante el juicio al IRPH en Luxemburgo.

Recordemos que en el asunto del IRPH en el TJUE el estado español se personó presentando un escrito en el que defendía que la cláusula que vincula un préstamo al índice IRPH no puede ser declarada abusiva y pidiendo que, en caso de que finalmente se anulara dicha cláusula, no se devolviera ni un euro a las personas afectadas. El escrito fue presentado por la Abogacía del Estado ante el TJUE el 7 de junio de 2018. Pedro Sánchez era ya presidente del gobierno, pero todavía no había puesto al compañero de partido Marco Aguiriano al frente de la Secretaría de Estado para la UE, secretaría de la que depende el organismo encargado de redactar las observaciones. Debido al cambio de gobierno (de Rajoy a Sánchez), muchas afectadas pensaron que la postura del gobierno español podía cambiar.

IRPH Stop Gipuzkoa redactó un escrito que nunca fue contestado por el PSOE, pero que Unidos Podemos, Compromís, EH Bildu y Nueva Canarias registraron como proposición no de ley en noviembre de 2018. Desde entonces, hemos esperado pacientemente a que la Comisión Mixta para la UE, a la que fue asignada la iniciativa, programara su debate y votación. De este modo podríamos comprobar cuál era la opinión del resto de grupos políticos. La del PP está clara, pues se le supone la redacción del escrito a favor de la banca. También está clara la opinión de Unidos Podemos, Compromís, EH Bildu y Nueva Canarias a favor de los afectados. Del resto de partidos no hemos tenido respuesta, y finalmente nos quedaremos sin que el debate se produzca. La presidenta de esta Comisión, y responsable de que en estos 4 meses no se haya tramitado la votación de la proposición no de ley, es la miembro del PSOE Soraya Rodríguez.

Sin embargo, la postura del PSOE sí ha quedado clara. El 25 de febrero en la vista oral, la abogada del gobierno de España defendió que no se devuelva un solo euro a las afectadas. Lo hizo apelando a un supuesto riesgo de grave quebranto económico, algo que el representante de la Comisión Europea insistió en que no había sido demostrado debidamente.

Además, el propio Marco Aguiriano, Secretario de Estado para la UE y a quien pedimos que cambiara la postura del España ante el TJUE, ha dejado bien clara su opinión: los afectados por IRPH nos creíamos muy listos pero hemos perdido. Aguiriano se ha burlado de nosotros en unos tuits publicados a altas horas de la madrugada. Puedes leer la noticia aquí.

Ahora todos los partidos nos pedirán el voto, y las que tengáis pensado participar deberíais tener todo esto en cuenta.

El Abogado General presentará sus conclusiones el 24 de junio a las 9:30

Tal y como puede verse en la imagen, el TJUE ha notificado que el Abogado General presentará sus conclusiones el 24 de junio a las 9:30 horas. La fecha ya fue fijada el mismo día de la vista (y lo contamos en esta crónica), y ahora se ha conocido la hora exacta.

Las conclusiones se presentarán en vista pública. Aunque no son vinculantes para el tribunal, en la mayoría de las ocasiones la sentencia suele seguir el camino marcado por el Abogado General. Se espera que la sentencia se conozca antes de fin de año.