Tercer aniversario de la primera sentencia de nulidad de IRPH

TERCER ANIVERSARIO DE LA PRIMERA SENTENCIA DE NULIDAD DE IRPH

PESE AL GRAN AVANCE REGISTRADO EN LA LUCHA CONTRA ESTE ÍNDICE ABUSIVO, MILES DE PERSONAS SIGUEN SUFRIENDO SUS CONSECUENCIAS

LOS AFECTADOS YA HAN GANADO LA BATALLA MORAL, PUES NADIE DISCUTE QUE EL IRPH ES UNA CLÁUSULA ABUSIVA

LA SIGUIENTE GRAN BATALLA JURÍDICA SE DARÁ EN EL SUPREMO

Donostia, 28-4-2017

Una sentencia dictada en Donostia el 29 de abril de 2014 dio inicio a la batalla judicial contra el IRPH, un índice hipotecario menos conocido que el habitual Euribor pero que afecta a más de 1.3 millones de hipotecas en todo el estado español.

La sentencia 156/14 del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Donostia estimó íntegramente la demanda de nulidad presentada por una familia de la plataforma IRPH Stop Gipuzkoa contra Kutxabank el 21 de octubre de 2013, con la asistencia voluntaria de los abogados Maite Ortiz y José María Erauskin y de la procuradora Ainhoa Kintana.

A pesar de que las voces a favor de la derogación del IRPH como tipo de referencia eran ya bastante numerosas, en aquel momento parecía impensable pedir su nulidad en tribunales, por tratarse de un índice oficial. Sin embargo, los abogados de IRPH Stop Gipuzkoa consiguieron esta primera sentencia, a la que siguieron aproximadamente 30 más, todas ellas de miembros de la misma plataforma.

Desde aquella fecha, y durante estos tres años, se han dictado innumerables sentencias de nulidad de IRPH en juzgados de todo el estado español. Algunas de esas sentencias ya han devenido firmes, pero la gran mayoría han sido recurridas por la banca. Las Audiencias Provinciales que han tenido que resolver estos recursos parecen no ponerse de acuerdo. La primera en pronunciarse fue la de Gipuzkoa, que revocó todas y cada una de las sentencias conseguidas por IRPH Stop Gipuzkoa. Sin embargo, juzgados de lo mercantil de todo el estado han seguido dictando sentencias de nulidad basadas en las sentencias conseguidas en Donostia, a pesar de saber que fueron revocadas por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa. Se iniciaba así un choque entre dos doctrinas, a favor del IRPH (la Audiencia Provincial de Gipuzkoa) y en contra del índice (numerosos juzgados de lo mercantil y de primera instancia).

Cuando el asunto ha llegado al resto de Audiencias Provinciales, en algunas provincias se ha seguido el criterio de la Audiencia Guipuzcoana, pero ya existen dos Audiencias Provinciales que han ratificado que el IRPH es abusivo. Se trata de Araba y Bizkaia.

Esta falta de uniformidad en el criterio de las audiencias provinciales hará que el Tribunal Supremo deba resolver la discusión. Todo apunta a que el Supremo admitirá a trámite en primer lugar el recurso interpuesto por Kutxabank a la primera sentencia de nulidad que fue ratificada por la Audiencia de Araba, en una demanda también gestionada por Ortiz y Erauskin. Su admisión a trámite no está confirmada, pero se da por segura.

Fuera del ámbito jurídico la situación es bastante más clara, y puede afirmarse que la batalla moral contra el IRPH ya ha sido ganada por las personas afectadas. En efecto, el IRPH ya se considera una cláusula abusiva más, y su uso en nuevos préstamos es prácticamente nulo, en comparación con el 15% de cuota que llegó a alcanzar en su apogeo.

Además, numerosas instituciones públicas ya se han posicionado en contra de este índice, incluyendo ayuntamientos, diputaciones y parlamentos autonómicos. Cabe destacar el pronunciamiento del parlamento de la comunidad autónoma vasca, que tras una comparecencia de IRPH Stop Gipuzkoa declaró que «el tipo de interés IRPH es opaco, influenciable por las entidades bancarias, no representativo de la realidad del mercado, claramente perjudicial para los consumidores y que debe ser considerado abusivo».

Dicha declaración hace referencia a algunas de las carencias del índice, que fueron certificadas por el Doctor Juan Etxeberria Murgiondo, Catedrático Acreditado de Estadística Aplicada, mediante un informe que publicó en la página web de IRPH Stop Gipuzkoa. En dicho informe se concluye que el IRPH es un índice «muy poco robusto» y «manifiestamente mejorable», añadiendo además que es «evidente y trivial que cada una de las entidades, independientemente de su tamaño o volumen tiene una capacidad de influencia» en el resultado mensual del IRPH y que esta capacidad está «exactamente cifrada».

El propio Banco de España, en respuesta a un interrogatorio promovido por Ortiz y Erauskin, reconoció la capacidad de las entidades de influir en el resultado del IRPH.

Representantes de IRPH Stop Gipuzkoa llegaron a comparecer en el Parlamento Europeo, donde consiguieron que una comisión declarara que el índice es contrario a la directiva europea sobre cláusulas abusivas.

Sin embargo, tres años después de la primera victoria judicial las entidades bancarias siguen empleando el IRPH, para no renunciar a los beneficios económicos que les reporta la aplicación de un índice que se sitúa siempre muy por encima del más habitual Euribor.

Según cálculos de IRPH Stop Gipuzkoa, el IRPH afecta a más de 1.3 millones de hipotecas en todo el estado español.

Sentencia de nulidad de IRPH En Pamplona, última capital de Hego Euskal Herria en hacerlo

JUZGADOS DE LAS CUATRO CAPITALES DE HEGO EUSKAL HERRIA HAN ANULADO EL IRPH POR ABUSIVO

UN JUZGADO DE PAMPLONA HA SIDO EL ÚLTIMO EN HACERLO, MEDIANTE UNA SENTENCIA CONDENATORIA PARA KUTXABANK

Donostia, 26-4-2017

El Juzgado de Primera Instancia Nº1 de Pamplona ha dictado una sentencia de nulidad de IRPH en la que condena a Kutxabank por aplicar este tipo de interés abusivo en un préstamo hipotecario. La sentencia, obtenida por los abogados Maite Ortiz y José María Erauskin, convierte a Pamplona en la última de las cuatro capitales de Hego Euskal Herria en dictar este tipo de sentencias.

Donostia fue la pionera (tanto a nivel de Hego Euskal Herria como a nivel estatal), con más de 30 sentencias de nulidad conseguidas por la plataforma IRPH Stop Gipuzkoa gracias a la asistencia voluntaria de Maite Ortiz y José María Erauskin. La primera de estas sentencias lleva fecha de 29 de abril de 2014, por lo que pronto se cumplirá su tercer aniversario. Sin embargo, todas ellas fueron revocadas por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, que mantiene una postura contraria a declarar la nulidad de IRPH salvo algunos casos particulares en los que ha condenado a Kutxabank por prácticas fraudulentas en las que ha observado dolo.

En el caso de Araba y Bizkaia, ambas Audiencias Provinciales han ratificado ya varias sentencias de nulidad de IRPH. Está por ver el criterio que tomará Nafarroa, pero la disputa llegará pronto al Tribunal Supremo Español, que deberá decidir sobre la abusividad de un índice que, según cálculos de IRPH Stop Gipuzkoa, podría afectar a más de 1,3 millones de hipotecas en todo el estado.

Cabe señalar que numerosas instituciones ya se han posicionado, opinando que el IRPH es abusivo. Destaca por ejemplo el Parlamento de Vitoria-Gasteiz, que declaró que «el tipo de interés IRPH es opaco, influenciable por las entidades bancarias, no representativo de la realidad del mercado, claramente perjudicial para los consumidores y que debe ser considerado abusivo». Sin embargo, las entidades bancarias (incluida la nuevamente condenada Kutxabank), siguen aplicándolo debido a los beneficios que les reporta un índice que se mantiene siempre en niveles superiores al más habitual Euribor.

La sentencia, facilitada por los abogados Maite Ortiz y José María Erauskin, ya se encuentra disponible en el apartado Tribunales de nuestra web.

Un juzgado de Benidorm anula por abusivos el Euribor y el IRPH

El Juzgado de Primera Instancia Nº4 de Benidorm ha analizado el escrito de oposición de una familia que Caixabank pretendía desahuciar, y ha determinado que la aplicación del tipo de interés Euribor, así como el sustitutivo IRPH Cajas previsto en el contrato son abusivos y por tanto nulos. También ha anulado la cláusula de vencimiento anticipado y, por todo ello, ha ordenado el sobreseimiento de la ejecución y la devolución de las cantidades cobradas de más a los afectados.

Las sentencias de nulidad de IRPH son ya muy habituales, pero la nulidad de Euribor como tipo de interés es ciertamente llamativa. La sentencia indica que «es notorio y conocido que desde distintos grandes bancos se manipuló el Euribor», que «ese fraude supone una práctica abusiva que afecta al crédito hipotecario de los particulares y tienen derecho a compensación».

A continuación, la sentencia analiza el IRPH y señala que es todavía más perjudicial que el Euribor. El auto añade que el IRPH es un índice «caracterizado por la falta de transparencia y por su desequilibrio contractual, favorable siempre a las entidades de crédito», y lo anula por abusivo.

Se trata sin duda de una sentencia valiente, que no duda en hacer justicia con la familia que Caixabank pretendía desahuciar. La sentencia ya está disponible en nuestro apartado Tribunales.

El gobierno español tendrá que responder por escrito a preguntas sobre el IRPH

Josep Vendrell, diputado adscrito al Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos – En Comú Podem – En Marea ha registrado una pregunta al Gobierno con respuesta escrita en relación al índice IRPH.

En su escrito, Josep Vendrell incide en que el IRPH «se considera un interés altamente manipulable» y denuncia que se calcula como una media simple no ponderada y teniendo en cuenta tipos TAE. El diputado destaca que afecta a una gran cantidad de ciudadanos, haciendo referencia a la cifra de 1,3 millones calculada por IRPH Stop Gipuzkoa, y plantea las siguientes preguntas:

¿Qué mecanismos de información y asesoramiento va a impulsar el Gobierno ante el elevado volumen, 1’3 millones, de personas afectadas?
Ante las continuadas sentencias judiciales que establecen la nulidad del IRPH por ser una cláusula abusiva y el retorno a las personas afectadas de lo cobrado indebidamente, el Gobierno está estudiando fórmulas para solucionar esta problemática evitando su judicialización?
¿Considera el Gobierno que hay indicios de manipulación en el cálculo del índice de referencia de los préstamos hipotecarios por parte de las entidades financieras?
¿El Gobierno ha mantenido reuniones o contactos con las entidades financieras para tratar esta cuestión? ¿Con qué interlocutores?
¿El Gobierno ha mantenido reuniones o contactos con plataformas de personas afectadas para tratar esta cuestión? ¿Con qué interlocutores?
¿La cuestión del IRPH o de otras malas prácticas de las entidades financieras españolas ha sido tratada con la Comisión Europea? ¿En qué términos?
¿Está estudiando el Gobierno la sustitución definitiva del IRPH?
¿El Gobierno considera necesario que las entidades financieras realicen provisiones específicas para hacer frente a las devoluciones de las cantidades cobradas indebidamente por el IRPH?

Se trata de preguntas muy interesantes, y el Gobierno tiene la obligación de responder antes del 29 de abril. Sin embargo, no podemos ser muy optimistas, y lo esperable es que el gobierno del PP responda con evasivas. Y es que hace ya 3 años, el 17 de marzo de 2014, la coalición Amaiur (hoy EH Bildu) presentó también una batería de preguntas relativas al IRPH, y la respuesta dada por el Gobierno fue un auténtico despropósito. En cualquier caso, se trata de una iniciativa interesante, aunque solo sea para dar visibilidad al tema del IRPH en el Congreso. Recordemos que en esa misma cámara se producirá en breve la comparecencia de nuestros abogados Maite Ortiz y José María Erauskin, y esperemos que más pronto que tarde consigamos una solución al problema.

Nuevas sentencias de nulidad de IRPH En Bizkaia: cuatro en segunda instancia y dos firmes en primera instancia

Ya son cuatro las sentencias de la Audiencia Provincial de Bizkaia que declaran nulo el índice de referencia IRPH, según ha podido confirmar IRPH Stop Gipuzkoa tras consultar las sentencias facilitadas por el abogado Javier Viaña.

Con estas sentencias, dictadas en febrero de 2017, la Audiencia Provincial de Bizkaia se suma al criterio de la Audiencia de Araba, convirtiéndose en la segunda Audiencia Provincial de todo el estado en anular la aplicación del IRPH como tipo de interés hipotecario. Este criterio choca con el de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, que es la única de la CAV que todavía no ha anulado ningún IRPH por abusivo, excepto dos casos particulares en los que condenó a Kutxabank por engañar a sus clientes aplicándoles el IRPH Entidades en sustitución del ahora desaparecido IRPH Cajas.

Además, dos sentencias de nulidad de IRPH dictadas por el Juzgado de Primera Instancia de Barakaldo han devenido firmes, al renunciar la entidad bancaria a presentar recurso. Estas sentencias, conseguidas también por el abogado Javier Viaña, son igualmente importantes pues hasta la fecha sólo se conocían en todo el estado cuatro casos de sentencias de nulidad de IRPH que hayan devenido firmes.

En todos los casos se condena al Banco Popular a la devolución de las cantidades cobradas en préstamos hipotecarios en los que aplicaba un tipo de interés basado en el índice IRPH Entidades.

Se trata de muy buenas noticias para todas las personas afectadas por IRPH, pues las sentencias vienen a reforzar los argumentos favorables a la nulidad del índice a las puertas de que el Tribunal Supremo tenga que analizar la cuestión. En efecto, las sentencias de nulidad de la Audiencia Provincial de Araba fueron recurridas por Kutxabank, y la siguiente gran batalla será por tanto en el Tribunal Supremo.

Las sentencias citadas se encuentran disponibles para descarga en el apartado “Tribunales” de nuestra web, y a través de estos enlaces directos: AP1, AP2, AP3, AP4, Firme.