IRPH: un juzgado donostiarra pregunta al Tribunal europeo sobre la doctrina del Supremo

El Juzgado de Primera Instancia Nº8 de Donostia-San Sebastián eleva cuestiones prejudiciales al TJUE

Los abogados expertos en IRPH que consiguieron llevar al IRPH a Luxemburgo por primera vez son los impulsores de la iniciativa

El auto pone en cuestión la interpretación favorable a la banca realizada por el Tribunal Supremo y pregunta expresamente sobre su legalidad

La jueza Eva Cerón pregunta también sobre las consecuencias de la nulidad del IRPH

IRPH Stop Gipuzkoa estima que puede ser el golpe definitivo al IRPH, por cerrar la puerta a interpretaciones torticeras del Supremo

Donostia, 2 de mayo de 2023

Los abogados pioneros y expertos en IRPH Maite Ortiz y José María Erauskin han impulsado que la jueza Eva Cerón, del Juzgado de Primera Instancia Nº8 de Donostia-San Sebastián, suspenda el procedimiento que se inició con la interposición de una demanda contra Kutxabank por aplicación de IRPH para elevar al Tribunal Europeo una serie de cuestiones prejudiciales.

La posibilidad de presentar ante el TJUE cuestiones prejudiciales sobre la interpretación del Derecho de la Unión es una facultad de los órganos jurisdiccionales que abre la puerta a que el Tribunal Europeo aclare cómo debe resolverse un conflicto. Es la misma vía que Ortiz y Erauskin siguieron para llevar el IRPH al TJUE por primera vez, y que derivó en la celebración de vista en la Gran Sala el 25 de febrero de 2019 y en la sentencia de 3 de marzo de 2020.

Tras aquella primera vez en la que un Tribunal Europeo dictó sentencia sobre el IRPH, ha habido pronunciamientos del mismo tribunal en al menos dos ocasiones. En todas ellas el TJUE ha dado la razón a las personas consumidoras, fijando criterios favorables a sus intereses. Así lo han interpretado los jueces que han elevado las cuestiones, que en todos los casos han resuelto anular la cláusula IRPH por abusiva. El Tribunal Supremo, sin embargo, realizando una interpretación torticera de las indicaciones recibidas desde Luxemburgo, ha revocado todas las sentencias de nulidad de IRPH y en la actualidad aplica un criterio de validar todas las cláusulas IRPH sin siquiera analizar el contrato. Esto ha llegado a provocar acusaciones de prevaricación y la interposición de una querella por parte de una famosa firma de abogados.

Las cuestiones elevadas por la jueza Eva Cerón incluyen preguntas que detallan expresamente la interpretación que el Tribunal Supremo español está haciendo de anteriores sentencias del TJUE. Servirán por tanto para ver si el TJUE está de acuerdo o si por el contrario, y como tantas otras veces en materias que afectan a la banca, el tribunal europeo corregirá nuevamente al Supremo español.

Desde IRPH Stop Gipuzkoa hacemos una valoración muy positiva del auto y creemos que las respuestas del TJUE a las cuestiones planteadas pueden dar el golpe definitivo al IRPH, pues cerrarán la puerta a nuevas interpretaciones imaginativas por parte del Supremo.

Un buen indicador de que la elevación de cuestiones prejudiciales sobre IRPH al TJUE es una buena noticia para las personas afectadas es que Kutxabank se ha opuesto y ha pedido que no se pregunte a Europa, por estar de acuerdo con la interpretación que hace el Supremo.

El auto está muy bien fundamentado y pone el foco en detalles como que los contratos de Kutxabank, como tantos otros, omiten la parte de la definición del IRPH en la que se explica que este índice que se calcula como una media de tipos TAE, lo cual supone al consumidor una duplicidad de comisiones y gastos. Esta duplicidad de gastos es objeto de una Circular del Banco de España que advierte a las entidades bancarias de la necesidad de acompañar el IRPH con un diferencial negativo para evitar que los préstamos referidos a IRPH se sitúen por encima del precio de mercado. El auto cuestiona la buena fe de Kutxabank al no aplicar dicho diferencial negativo y, por si esto fuera poco, no informar al consumidor de que su contrato incumple esta advertencia del Banco de España y que por tanto su préstamo será siempre más caro que la media del mercado. El TJUE deberá aclarar ahora si la entidades debieron informar a los consumidores de la existencia (e incumplimiento) de esta advertencia del Banco de España.

La jueza introduce además una consecuencia adicional del hecho de calcular el IRPH con tipos TAE: el IRPH se ha calculado incluyendo elementos que se han declarado nulos por abusivos, como el caso de algunos gastos que se imputaban al consumidor. El juzgado donostiarra pregunta al TJUE si el hecho de que el IRPH se calcule considerando cláusulas declaradas nulas hace que la propia cláusula IRPH deba declararse nula.

Sobre las exigencias de transparencia, el auto informa al TJUE de que el Supremo español ha decidido que todas las cláusulas IRPH superan el control de transparencia sin necesidad de realizar las comprobaciones y verificaciones exigidas por sentencias anteriores del Tribunal Europeo, y pregunta si esto es correcto.

También pone el foco en otros criterios muy polémicos del Supremo, como la dispensa de la obligación del banco para incluir en el contrato la definición completa del índice de referencia y de informar sobre evolución anterior de ese índice: la jueza pregunta si esta dispensa debe ser incondicional y radical como afirma el Supremo o si por el contrario debe estar condicionada a acreditar que se facilitó información análoga o equivalente. Se cuestiona también si hay motivos para ignorar la normativa española que obliga expresamente a entregar dicha información.

La jueza informa de contradicciones del Supremo como establecer que la falta de transparencia de la cláusula suelo sí supone su abusividad, pero no así para el IRPH. En efecto, recordemos que el Supremo estableció que a pesar de la su falta de transparencia la cláusula IRPH no es abusiva. La pregunta servirá para que el TJUE revise esta aparente contradicción.

Por último, las cuestiones prejudiciales incluyen preguntas sobre los efectos que una declaración de nulidad de la cláusula IRPH debe tener. Se pregunta por ejemplo si un IRPH Cajas anulado por abusivo puede ser sustituido por un IRPH Entidades basándose en una ley que prevé dicha sustitución para mantener el equilibrio. Si el IRPH Cajas se anula porque produce un desequilibrio, parece dudoso que proceda aplicar una ley que prevé una sustitución que mantendría dicho desequilibrio.

Otra opción sobre la que se pregunta es la posibilidad de sustituir el diferencial positivo o nulo que suele acompañar al IRPH por un diferencial negativo, calculando lo cobrado en exceso y procediendo a la devolución de la diferencia al consumidor.

Por último, se pregunta si no sería de aplicación un artículo del Código Civil que establece que para los casos en los que un contrato no puede subsistir y la responsabilidad es exclusivamente de una de las partes, la otra parte podrá reclamar lo que hubiera dado sin obligación de devolver lo recibido. Es decir, que la entidad bancaria devolviera todas las cuotas cobradas y el consumidor no tuviera que devolver el importe prestado.

Erauskin valora los nuevos autos del TJUE sobre IRPH

José Mari Erauskin comparte en estos vídeos su valoración sobre los últimos pronunciamientos del TJUE en materia de IRPH: el auto que responde a la segunda cuestión prejudicial de Barcelona, y el que responde a las cuestiones prejudiciales de Ibiza.

Como podrás comprobar, su valoración es muy positiva.

Si quieres también puedes consultar nuestra guía para entender el auto.

Nueva sentencia del TJUE sobre IRPH: valoración de urgencia

Adjuntamos nuestra guía para entender la nueva sentencia. Redactada por no juristas, para no juristas.

Nos parece que la sentencia podía haber sido mucho mejor, pero no cierra la puerta a nada. Esperaremos la valoración de Maite Ortiz y José María Erauskin, abogados que llevan el caso y son referentes en la materia, pero parece que toca seguir luchando.

Aquí puedes descargar nuestra guía en pdf así como la sentencia.

PSOE, PP, Vox y Ciudadanos unen fuerzas para defender a la banca con dinero público en el nuevo juicio europeo al IRPH

PSOE, PP, VOX Y CIUDADANOS UNEN FUERZAS PARA DEFENDER A LA BANCA CON DINERO PÚBLICO EN EL NUEVO JUICIO EUROPEO AL IRPH

RECHAZAN UNA PROPOSICIÓN NO DE LEY DE IRPH STOP GIPUZKOA QUE PROPONÍA QUE LA ABOGACÍA DEL ESTADO DEFENDIERA A LA CIUDADANÍA O SE MANTUVIERA IMPARCIAL

LA PNL, PRESENTADA POR EH BILDU, HA CONTADO CON EL APOYO DE UNIDAS PODEMOS Y ERC

Donostia, 29-4-2021

La Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Congreso español de los Diputados ha debatido hoy una Proposición No de Ley de IRPH Stop Gipuzkoa sobre la postura que debe adoptar el gobierno en el próximo “juicio al IRPH” a celebrarse en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La PNL constata que el TJUE ha admitido a trámite dos cuestiones prejudiciales relativas al índice de referencia IRPH, y recuerda lo que ocurrió la anterior ocasión. En aquella primera cuestión prejudicial el Reino de España decidió participar en el procedimiento a través de la Abogacía del Estado ante el TJUE, que depende de la Secretaría de Estado para la UE. En la fase escrita del procedimiento, bajo gobierno de PP y en la vista oral, bajo gobierno de PSOE, la abogada del gobierno defendió ante el TJUE los intereses de la banca, afirmando que no es necesario examinar si la cláusula IRPH es o no transparente y añadiendo que «no tiene sentido suministrar las fórmulas de estos tipos oficiales porque el consumidor medio no va a entenderlas». Además, y para el caso de que el IRPH fuera declarado nulo, el gobierno solicitó que no se obligara a las entidades bancarias a devolver las cantidades indebidamente cobradas.

El TJUE dictó sentencia el 3 de marzo de 2020 estableciendo que la cláusula IRPH sí debía someterse al control de transparencia, corrigiendo así al Tribunal Supremo español y desoyendo los argumentos de la abogada del gobierno español.

Tras aquella sentencia el Supremo se pronunció nuevamente el 12 de noviembre de 2020 mediante cuatro sentencias. En ellas, el Supremo admite que la cláusula IRPH no supera el control de transparencia dictado por Europa pero, sorprendentemente, afirma que a pesar de ello la cláusula no es abusiva. Las sentencias cuentan con un voto particular discrepante y numerosos juristas creen que son contrarias a la directiva europea de protección de los consumidores. Como cabía esperar, el asunto ha sido nuevamente elevado a Europa, y es en ese contexto en el que se encuadra la iniciativa que se ha votado hoy.

En la propuesta debatida en el Congreso se instaba al gobierno a personarse ante el TJUE para defender a las personas afectadas o, para el hipotético caso en el que el Gobierno de España decida no defender a su ciudadanía, adoptar al menos una postura neutral, no personándose en el asunto.

La iniciativa ha sido rechazada con los votos en contra de PSOE, PP, Vox y Ciudadanos, que apoyan de este modo que el Gobierno siga facilitando a la banca una defensa pagada con dinero público.

Sólo Unidas Podemos y ERC han apoyado a EH Bildu, que fue quien registró y ha defendido la proposición. El Grupo Parlamentario Plural se ha abstenido, a pesar de que PDeCAT, partido integrante del mismo, ha mostrado su apoyo a la iniciativa.

Valoración de IRPH Stop Gipuzkoa

La plataforma IRPH Stop Gipuzkoa ha seguido con atención el debate, y agradece el apoyo de EH Bildu, Unidas Podemos, ERC y PDeCAT.

En cuanto al bloque favorable a la estafa del IRPH, formado por PSOE, PP, Vox y Ciudadanos, cabe destacar el bajísimo nivel intelectual y argumental empleado en la defensa de su postura.

El representante del PSOE, Manuel González Ramos, ha querido excusar a su partido aludiendo al hecho de que las observaciones escritas presentadas por la abogacía del estado defendiendo a la banca ante el TJUE fueron redactadas bajo gobierno del PP a pesar de ser presentadas el mismo día en que los ministros del PSOE juraban sus cargos. Pobre argumento, cuando la PNL ya asignaba la responsabilidad de dicha defensa escrita al PP. Al PSOE corresponde la intervención en la vista oral, que se produjo 8 meses después. Un poco de vergüenza sí que da usar nuestro dinero para defender a la banca, ¿verdad Manuel?

El representante del PP, Miguel Ángel Paniagua, se mostraba confuso porque la PNL proponía dos opciones: personarse a favor de la ciudadanía o no personarse. Esto ha superado a Miguel Ángel, que ha afirmado que este hecho inhabilita la proposición. Lo anterior, unido a que la PNL ha sido presentada por EH Bildu, ha sido todo lo que ha acertado a argumentar.

La representante de Vox Inés Cañizares ha dicho que defender a la banca es defender el sistema financiero, y que eso supone defender a todos, incluidos los pobres. Y ha añadido que ya decidirá el Gobierno, una vez conocida la sentencia [y agotado por tanto el plazo para presentar alegaciones], si presenta o no alegaciones. En fin.

María Muñoz de Ciudadanos también se ha liado un poco, porque ha comenzado diciendo que está a favor de que el gobierno no se persone ante el TJUE en estos asuntos… apoyando por tanto la segunda de las opciones planteadas en la PNL… pero ha concluido anunciando que votarán en contra. Nada nuevo en nuestra opinión.

Desde IRPH Stop Gipuzkoa hacemos una valoración positiva del debate de hoy, porque ha servido para dejar clara la postura de cada partido. Así, queda claro que el bloque PSOE, PP, Vox y Ciudadanos harán todo lo posible por perpetuar la estafa del IRPH y evitar que la banca nos devuelva lo robado. En su afán por complacer a la banca no dudarán en seguir utilizando recursos públicos, como lo es la abogacía del estado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Lo ocurrido hoy en el Congreso español no merma nuestra confianza en que el TJUE nos va a dar la razón nuevamente. En el nuevo juicio volveremos a presenciar cómo una abogada pagada con nuestro dinero actúa en nuestra contra, mientras el representante de la Comisión Europea defiende nuestros derechos como consumidores. Ocurrió antes y ocurrirá nuevamente; esta vez nadie podrá discutir que PSOE, PP, Vox y Ciudadanos son responsables.

El Congreso debatirá mañana la postura del Gobierno en el próximo “juicio europeo al IRPH”

Donostia, 28-4-2021

El Congreso español de los diputados debatirá mañana jueves una Proposición No de Ley de IRPH Stop Gipuzkoa sobre la postura que debe adoptar el gobierno español en el próximo “juicio al IRPH” a celebrarse en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La PNL fue remitida a todos los grupos parlamentarios, fue registrada por EH Bildu, y se debatirá mañana en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

La PNL constata que el TJUE ha admitido a trámite dos cuestiones prejudiciales relativas al índice de referencia IRPH, y recuerda lo que ocurrió la anterior ocasión. En aquella primera cuestión prejudicial el Reino de España decidió participar en el procedimiento a través de la Abogacía del Estado ante el TJUE, que depende de la Secretaría de Estado para la UE. En la fase escrita del procedimiento, bajo gobierno de PP y en la vista oral, bajo gobierno de PSOE, la abogada del gobierno defendió ante el TJUE los intereses de la banca, afirmando que no es necesario examinar si la cláusula IRPH es o no transparente y añadiendo que «no tiene sentido suministrar las fórmulas de estos tipos oficiales porque el consumidor medio no va a entenderlas». Además, y para el caso de que el IRPH fuera declarado nulo, el gobierno solicitó que no se obligara a las entidades bancarias a devolver las cantidades indebidamente cobradas.

El TJUE dictó sentencia el 3 de marzo de 2020 estableciendo que la cláusula IRPH sí debía someterse al control de transparencia, corrigiendo así al Tribunal Supremo español y desoyendo los argumentos de la abogada del gobierno español.

Tras aquella sentencia el Supremo se pronunció el 12 de noviembre de 2020 mediante cuatro sentencias. En ellas, el Supremo admite que la cláusula IRPH no supera el control de transparencia dictado por Europa pero, sorprendentemente, afirma que a pesar de ello la cláusula no es abusiva. Las sentencias cuentan con un voto particular discrepante y numerosos juristas creen que son contrarias a la directiva europea de protección de los consumidores. Como cabía esperar, el asunto ha sido nuevamente elevado a Europa, y es en ese contexto en el que se encuadra la iniciativa que se votará mañana.

En la misma, se insta al gobierno a:

1.- Personarse ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los asuntos C655-20 y C-79/21 relativos al uso del índice IRPH en préstamos hipotecarios para defender los intereses de las personas afectadas, defendiendo que la falta de transparencia comporta de manera automática la abusividad y consecuente nulidad de la cláusula.
2.- Para el hipotético caso en el que el Gobierno de España decida no defender a su ciudadanía, adoptar al menos una postura neutral, no personándose en los asuntos C655-20 y C-79/21.

La sesión comenzará a las 11:00 y el IRPH es el cuarto punto en el orden del día. El debate podrá seguirse en directo a través de este enlace.

Exigimos al Gobierno Español que no vuelva a defender a la banca ante el TJUE

Hoy, 25 de febrero de 2021, se cumplen dos años desde que se celebró en la sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo la vista oral relativa a la cláusula IRPH. En nuestra página hicimos una crónica completa de la vista, que puedes consultar aquí.

Aquel “primer juicio europeo” al IRPH se saldó con una sentencia de 3 de marzo de 2020 que corregía el criterio probanca del Tribunal Supremo español pero que no ha sido suficiente para que al alto tribunal español anule la cláusula. Por ese motivo, dos nuevas cuestiones prejudiciales han sido remitidas al TJUE y admitidas a trámite, por lo que el “segundo juicio europeo” al IRPH parece inminente.

En ese contexto, y coincidiendo con el segundo aniversario de la vista, desde IRPH Stop Gipuzkoa queremos recordar que en aquel primer procedimiento los gobiernos españoles de PP y PSOE defendieron los intereses de la banca y atacaron los derechos de la ciudadanía. Por este motivo hemos remitido un escrito dirigido a todos los grupos parlamentarios del Congreso. A PSOE y Unidas Podemos les pedimos que el gobierno español se presente en las nuevas causas y defienda a la ciudadanía o, como mínimo, que se mantenga neutral y no se presente. Al resto de grupos les proponemos presentar una Proposición No de Ley que inste al gobierno a adoptar esta postura.

Puedes consultar aquí el documento remitido a los grupos parlamentarios.