A falta de un análisis más sosegado, podemos afirmar que la sentencia Europea es muy buena. La justicia española, la banca y los gobiernos de PP y PSOE vuelven a quedar en evidencia.
Hoy será un día de titulares contradictorios. Os animamos a esperar a la valoración de Maite Ortiz y José María Erauskin.
Por nuestra parte hemos elaborado una pequeña guía para que puedas analizar tú mismo el contenido de la sentencia: puedes descargarla aquí.
Gracias por la entrada. Os quería comentar 3 cosas:
1. El enlace lleva a vuestro resumen pero no a la sentencia
2. Respecto a los abogado expertos estaría interesado en señalar que los prestamos VPO no eran de carácter obligatorio. Esto es, los banco asesoraban si era mejor un préstamo libre o uno convenido con sus contrapartidas complementarias. Existió asesoramiento bancario, al menos en mi caso.
3. El siguiente articulo de la directiva 93/13/CEE entiendo que aplica al caso de las VPO
“Las cláusulas contractuales que no se hayan negociado individualmente se considerarán abusivas si, pese a las exigencias de la buena fe, causan en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato.”
Un saludo y gracias!
Buenas tardes.
Y ahora cuál es la pauta a seguir??? Lo digo, por que si ahora son los jueces quienes deciden y la gran mayoría van en la línea del constitucional, la llevamos clara … O me equivoco?
Gracias.