Los abogados de IRPH Stop Gipuzkoa comparecerán en el Congreso

Maite Ortiz y José María Erauskin, abogados de la plataforma IRPH Stop Gipuzkoa, comparecerán en el Congreso de los Diputados. La comparecencia, solicitada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, se producirá en la Comisión de Economía, Industria y Competitividad, aunque todavía no se conoce la fecha exacta.

Maite Ortiz y José María Erauskin son abogados pioneros en la batalla judicial contra el IRPH en el estado español, y anteriormente ya han expuesto las irregularidades del IRPH en otras cámaras como el Parlamento Europeo o el Parlamento de la Comunidad Autónoma Vasca. En esta ocasión llevarán la voz de las personas afectadas por el IRPH al Congreso de los Diputados, donde explicarán en detalle el funcionamiento del IRPH, para que los grupos parlamentarios tomen conciencia de su realidad. Su objetivo será concienciar a los grupos de que estamos ante un índice insoportable, abusivo, manipulable y que supone una duplicidad de pagos.

La comparecencia tendrá un trasfondo jurídico, aunque Maite Ortiz y José María Erauskin podrán aportar también su punto de vista sobre el sufrimiento humano generado por el IRPH, puesto que como abogados implicados en la Plataforma de Afectados por la Hipoteca han defendido a innumerables familias en procesos de ejecución hipotecaria, relacionadas o no con el IRPH.

Cabe subrayar que en esta comparecencia se describirán las irregularidades del IRPH pero no se defenderá ninguna fórmula de sustitución para el caso de conseguir su anulación. Se considera que ese sería un paso posterior, donde las plataformas de afectados deberemos hacer llegar nuestras propuestas a los grupos parlamentarios que tomen el compromiso de ayudarnos a poner fin a la injusticia. IRPH Stop Gipuzkoa todavía no ha tomado una postura al respecto, por lo que esta comparecencia no servirá para defender ninguna propuesta ni Proposición no de Ley.

Nuevas sentencias de nulidad de IRPH En Barcelona

Dos nuevas sentencias de nulidad de IRPH nos llegan desde la provincia de Barcelona, y ya están disponibles para descarga en nuestro apartado Tribunales, en la que constituye la mayor base de datos de sentencias relativas a IRPH.

La primera de las sentencias es del Juzgado de lo Mercantil Nº3 de Barcelona y es de junio de 2016, aunque la acabamos de recibir. Recuerda que si eres abogad@ o afectad@ y quieres hacernos llegar una sentencia nos la puedes enviar a irphstop@gmail.com. En esta sentencia se declara nula por abusiva la aplicación del IRPH Cajas por parte de Bankia. La juzgadora es Dª Isabel Giménez García, y es Magistrado-Juez.

La segunda sentencia es del Juzgado de Primera Instancia Nº1 de Mataró y lleva fecha de 10 de febrero de 2017. En ella se anula la aplicación de IRPH Cajas por parte de BBVA, quedando el préstamo sin interés. El juzgador es Pablo Izquierdo Blanco, también Magistrado-Juez y Decano de los juzgados de Mataró. Se trata por tanto de una sentencia muy importante. Nos consta que la comunidad jurídica esperaba con interés esta sentencia.

La Audiencia Provincial de Bizkaia anula el IRPH por abusivo, convirtiéndose en la segunda Audiencia Provincial del estado en hacerlo

Dos sentencias de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Bizkaia han declarado nulo el índice IRPH. De este modo, la Audiencia Provincial de Bizkaia se suma al criterio de la Audiencia de Araba, convirtiéndose en la segunda Audiencia Provincial de todo el estado en anular la aplicación del IRPH como tipo de interés hipotecario. Este criterio choca con el de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, que sería la única de la CAV que todavía no ha anulado ningún IRPH por abusivo. Muy al contrario, la Audiencia guipuzcoana ha revocado decenas de sentencias de nulidad dictadas por el Juzgado de lo Mercantil de Donostia. La única excepción serían dos casos concretos en los que la Audiencia guipuzcoana ha condenado a Kutxabank por engañar a dos familias haciendo un cambio de IRPH Cajas a IRPH Entidades y evitar así la aplicación del Euribor previsto en el contrato como sustitutivo.

La evidente división entre el Juzgado de lo Mercantil de Donostia y su Audiencia Provincial se viene repitiendo en otras provincias, pues a pesar de que ya son innumerables los juzgados de lo mercantil y de primera instancia que han anulado el IRPH en todo el estado, hasta el momento sólo la Audiencia Provincial de Araba había coincidido en considerar que la aplicación del IRPH es abusiva.

Las sentencias de la Audiencia Provincial de Bizkaia, a las que IRPH Stop Gipuzkoa ha tenido acceso y que esperamos publicar en breve en nuestra base de datos de sentencias, llevan fecha de 8 de febrero de 2017 y condenan al Banco Popular a la devolución de las cantidades indebidamente cobradas en dos préstamos hipotecarios sobre dos viviendas de protección oficial. Se trata de un detalle importante, pues son muchas las VPOs con préstamos referenciados al IRPH.

En general es una muy buena noticia para todas las personas afectadas por IRPH, pues viene a reforzar nuestra postura a las puertas de que el Tribunal Supremo entre a analizar la cuestión. En efecto, las sentencias de nulidad de la Audiencia Provincial de Araba fueron recurridas por Kutxabank, y la siguiente gran batalla será por tanto en el Supremo.

La reciente sentencia del TJUE aporta argumentos contra el IRPH

Últimamente estamos viendo cómo la justicia europea hace honor a su nombre y dicta sentencias que suponen durísimos varapalos a la banca y a los tribunales españoles y aportan esperanza a las familias afectadas. Son ya ocho las sentencias del tribunal europeo que dan la razón a quienes denunciamos la estafa hipotecaria y la complicidad del gobierno y los tribunales españoles. La más conocida es la de 21 de diciembre de 2016, que obliga a la banca a devolver todo lo robado con las cláusulas suelo (puedes ver aquí cómo afecta a las víctimas de IRPH). La última de estas sentencias europeas es de fecha 26 de enero de 2017, y anula la cláusula de vencimiento anticipado. Esta sentencia es también muy importante porque, tal y como recuerda la PAH en su web, se abre la puerta a exigir la nulidad de todos los desahucios ejecutados desde 1995.

Lo que es menos conocido es que la sentencia de 26 de enero analiza también otras cuestiones, y aporta argumentos que van a ser muy útiles en la batalla jurídica contra el IRPH. El abogado experto en IRPH José María Erauskin, pionero en la lucha contra este índice abusivo junto con Maite Ortiz (ambos son abogados voluntarios de nuestra plataforma), dio a conocer en su muro de Facebook la novedad, y anunció que comenzarán a emplear estos argumentos en su incansable batalla judicial contra el IRPH. En efecto, tal y como destaca José María Erauskin, la sentencia del TJUE incluye la siguiente observación:

En caso de que el órgano jurisdiccional remitente considere que una cláusula contractual relativa al modo de cálculo de los intereses ordinarios, como la controvertida en el litigio principal, no está redactada de manera clara y comprensible a efectos del artículo 4, apartado 2, de la citada Directiva, le incumbe examinar si tal cláusula es abusiva en el sentido del artículo 3, apartado 1, de esa misma Directiva. En el marco de este examen, el órgano jurisdiccional remitente deberá, en particular, comparar el modo de cálculo del tipo de los intereses ordinarios previsto por esa cláusula y el tipo efectivo resultante con los modos de cálculo generalmente aplicados y el tipo legal de interés, así como con los tipos de interés aplicados en el mercado en la fecha en que se celebró el contrato controvertido en el litigio principal en relación con un préstamo de un importe y una duración equivalentes a los del contrato de préstamo considerado.

El texto está redactado en el contexto de la cláusula “365/360”, una jugarreta de algunos bancos según la cual para el cálculo de los intereses se utiliza en el denominador los días del año comercial (es decir, se divide por 360), pero en el numerador se usan los días naturales mensuales (es decir, se multiplica por 365), consiguiendo así que la persona consumidora pague más intereses. Pero si traemos la instrucción del TJUE a la cuestión del IRPH, observamos que se exige que el juzgador evalúe el modo de cálculo de los intereses ordinarios (es decir, del IRPH), y lo compare además con los modos de cálculo generalmente aplicados (es decir, del Euribor). Se trata de un terreno en el que el IRPH tiene todas las de perder, pues como hemos repetido hasta la saciedad (y como ha certificado un catedrático en estadística mediante un informe), el modo de cálculo del IRPH es claramente irregular y es además perjudicial para el consumidor. Y esto es sumamente importante, porque en muchas sentencias desestimatorias de nulidad de IRPH hemos observado que el juzgador se niega a analizar el modo de cálculo del IRPH y a evaluar si el consumidor fue informado del mismo.

Se trata por tanto de una muy buena noticia para todas las personas afectadas por hipotecas referidas a IRPH, que según nuestros cálculos son más de 1.3 millones en todo el estado.

Sobre la comisión por reclamación de posiciones deudoras

EXISTEN DECENAS DE SENTENCIAS FIRMES EN SEGUNDA INSTANCIA QUE ANULAN LA COMISIÓN DE RECLAMACIÓN DE POSICIONES DEUDORAS DE KUTXABANK Y CONDENAN ADEMÁS A LA ENTIDAD A DEVOLVER LAS CANTIDADES COBRADAS

Donostia, 12-1-2017

Hoy se ha conocido que la Audiencia Provincial de Araba ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Vitoria-Gasteiz que obliga a Kutxabank a eliminar la comisión que cobra a sus clientes cuando sus cuentas se quedan en números rojos. Desde IRPH Stop Gipuzkoa valoramos de manera positiva esta sentencia, y esperamos que no prospere el recurso que al parecer Kutxabank pretende elevar al Tribunal Supremo.

Queremos recordar que existen decenas de sentencias firmes, ratificadas en segunda instancia, que han condenado a Kutxabank a retirar esa comisión y la han obligado además a devolver las cantidades cobradas (a diferencia de la sentencia conocida hoy).

Entre esas sentencias se encuentran cuarenta conseguidas por nuestra plataforma con la asistencia voluntaria de nuestros abogados Maite Ortiz y José María Erauskin. En efecto, las cuarenta demandas de nulidad de IRPH que presentamos en mayo de 2014 incluían además la petición de nulidad de la comisión de reclamación de posiciones deudoras. El Juzgado de lo Mercantil de Donostia nos dio la razón, y la Audiencia Provincial de Gipuzkoa confirmó las condenas, de modo que Kutxabank tuvo que devolvernos las cantidades cobradas durante toda la vida de nuestras hipotecas.

Es por tanto conocido que ésta es una cláusula abusiva, pero Kutxabank sigue aplicándola con total indiferencia a miles de familias desfavorecidas que frecuentemente se retrasan en el pago de su hipoteca. La supuesta multa de mil euros diarios que se le aplicará a Kutxabank si no deja de aplicar esta comisión es ridícula: el banco declara ingresar un millón de euros al día en comisiones.

Lo mismo ocurre con los intereses de demora del orden del 17% que aplica Kutxabank: también son abusivos y existen innumerables condenas firmes, pero también los sigue aplicando a todo aquel que no acuda a los tribunales. Son ejemplos de la asquerosa degeneración de las que un día fueron nuestras cajas de ahorros.

Exigimos a PNV, PSE-EE y PP que, desde su posición de control del consejo de administración de Kutxabank, fuercen a la entidad a dejar de aplicar estas comisiones abusivas y a devolver todo lo cobrado. Además, exigimos a PNV y PSE-EE que a través del gobierno de Lakua hagan lo necesario para que Kontsumobide obligue a todas las entidades a proceder del mismo modo. ¿O es que también aquí las personas consumidoras deben seguir padeciendo el abuso hasta que se pronuncie un tribunal europeo?