En Marea – Unidos Podemos pregunta al gobierno sobre el IRPH a las puertas de ser juzgado por el TJUE

Si anteriormente fue EH Bildu en el Congreso quien registró una batería de preguntas al Gobierno en relación a la admisión a trámite por parte del TJUE de una cuestión sobre IRPH, en esta ocasión ha sido En Marea (Unidos Podemos) en el Senado.

Las preguntas (que puedes consultar aquí) han sido promovidas desde Galiza por el compañero y activista contra el IRPH Marcos Guerreiro, y registradas por Vanessa Angustia, de En Marea (Unidos Podemos). Este grupo ha solicitado además la comparecencia de Maite Ortiz y José María Erauskin.

EH Bildu pregunta al gobierno español sobre su postura ante la cuestión del IRPH en el TJUE

La diputada de EH Bildu Marian Beitialarrangoitia ha registrado una batería de preguntas con petición de respuesta escrita al gobierno español en referencia a la cuestión prejudicial sobre el índice de referencia IRPH que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha admitido a trámite. Puedes descargar las preguntas de EH Bildu aquí.

EH Bildu pregunta al gobierno si tiene previsto presentar observaciones escritas en el caso, una opción que puede ejercer como estado miembro de la unión y que ya ejerció anteriormente en el caso de las cláusulas suelo. Beitialarrangoitia le reprocha que en aquel caso el gobierno defendió ante el TJUE una postura favorable a los intereses de la banca y contraria a las personas consumidoras, y que lo hizo sin consultar con el resto de grupos parlamentarios. (Aquí puedes ver el informe que presentó el Gobierno)

EH Bildu recuerda que la pregunta que ha de resolver el TJUE es, básicamente, si la incorporación de un índice oficial como el IRPH al contrato está exenta de cualquier control de transparencia (como defiende el Tribunal Supremo en su sentencia 669/2017 de 14 de diciembre de 2017), o si por el contrario la cláusula relativa al IRPH debe ser incorporada al contrato de manera transparente (como defienden muchos tribunales de primera y segunda instancia y también dos magistrados del Tribunal Supremo en su voto particular a la citada sentencia 669/2017). Beitialarrangoitia plantea que, ante la discusión sobre la necesidad o no de transparencia es más prudente y más razonable defender que sí es exigible dicha transparencia.

En la última de sus 8 preguntas, EH Bildu señala que en caso de no querer defender la necesidad de transparencia sería mejor que el gobierno se abstuviera de hacer observaciones en el caso.

Desde IRPH Stop Gipuzkoa saludamos la iniciativa de EH Bildu y nos sumamos a la petición al Gobierno de España: defiendan a los ciudadanos o cállense.

El TJUE pone en marcha el procedimiento sobre IRPH, aunque no por la vía de urgencia

Mediante un documento de fecha 21/3/2018 (que puedes descargar aquí) el Tribunal de Justicia de la Unión Europea pone en marcha el procedimiento de referencia C-125/18 en relación a la cuestión prejudicial sobre el índice de referencia IRPH.

A pesar de que le Juzgado de Primera Instancia de Barcelona solicitó que el asunto fuera tratado por la vía de urgencia, el TJUE rechaza esta posibilidad. No es una buena noticia para las personas afectadas, porque podría alargar el proceso varios meses (hasta un máximo de dos años, según algunas fuentes). Sin embargo, este contratiempo no debe restar importancia al logro que supone que la denuncia del IRPH haya llegado a los tribunales europeos, algo que era prácticamente inimaginable cuando hace más de cuatro años iniciamos la batalla legal contra este índice.

Cabe recordar que lo que se pregunta al TJUE desde el juzgado de Barcelona es, en resumen, si la incorporación de un índice oficial como el IRPH al contrato está exenta de cualquier control de transparencia (como defiende el Tribunal Supremo en su sentencia 669/2017 de 14 de diciembre de 2017), o si por el contrario la cláusula relativa al IRPH debe ser incorporada al contrato de manera transparente (como defienden muchos tribunales de primera y segunda instancia y también dos magistrados del Tribunal Supremo en su voto particular a la citada sentencia 669/2017). La respuesta del TJUE será determinante en la batalla judicial contra este índice. Por eso desde IRPH Stop Gipuzkoa recomendamos a todas las personas que hayan iniciado una demanda contra el IRPH que soliciten la suspensión temporal del procedimiento hasta que el TJUE se pronuncie.

Tal y como puede leerse en el documento emitido por el TJUE, se ha abierto un plazo de dos meses para recibir observaciones por parte de las partes litigantes y también de otros agentes, entre los cuales se encuentran los estados miembro. Esto quiere decir que el estado español tiene la opción de presentar un informe, como ya hizo en el caso de las cláusulas suelo. En aquella ocasión el gobierno español hizo llegar al TJUE un documento que defendía la no retroactividad en la nulidad de las cláusulas suelo, es decir, adoptó una postura favorable a los intereses de la banca y contraria a los derechos de las personas consumidoras. Afortunadamente el TJUE resolvió en sentido contrario al informe del gobierno español y a la sentencia del Tribunal Supremo, y la retroactividad de las cláusulas suelo es total. Esperemos que en este caso el gobierno español no vuelva a adoptar una postura contraria a los intereses de la ciudadanía y que, en cualquier caso, el TJUE vuelva a resolver a favor de las personas consumidoras.