REACCIÓN DE URGENCIA A LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL QUE REVOCA LA NULIDAD DEL IRPH
LA SENTENCIA NO APORTA ARGUMENTOS SÓLIDOS Y RECONOCE QUE EL IRPH «SUSCITA SERIAS DUDAS» Y ES «COMPLEJO». ADEMÁS, ADMITE QUE LAS ENTIDADES PUEDEN TENER «CIERTA INCIDENCIA» EN EL IRPH
LA PLATAFORMA CREE QUE LAS 30 SENTENCIAS ADICIONALES PODRÍAN SER RATIFICADAS, Y EN CUALQUIER CASO ESTÁ DISPUESTA A LLEGAR AL TRIBUNAL SUPREMO Y A INSTANCIAS EUROPEAS
Donostia – San Sebastián, 29-1-2015
Mediante un fallo conocido hoy, la Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha revocado la primera de las más de 30 sentencias que declaran la nulidad del tipo de interés IRPH y condenan a Kutxabank a devolver «las cantidades indebidamente cobradas».
A través de esta primera reacción de urgencia, la plataforma IRPH Stop Gipuzkoa quiere transmitir un mensaje de esperanza a las miles de familias afectadas por estos índices. La lucha por la nulidad del IRPH, la devolución de lo robado y la restitución de las viviendas desahuciadas continúa, y el equipo jurídico de IRPH Stop y Kaleratzeak Stop Desahucios, encabezado por Maite Ortiz y José María Erauskin, trabaja para continuar con la vía judicial hasta el Tribunal Supremo y también a instancias europeas si hiciera falta.
En una primera lectura de la sentencia, cabe subrayar que el recurso de apelación interpuesto por Kutxabank ha sido estimado solo «en parte» y que el fallo reconoce que el asunto controvertido, «además de suscitar serias dudas, ha de estimarse novedoso y, por supuesto, complejo».
Es inadmisible que la Audiencia Provincial, admitiendo que el asunto le suscita dudas, haya resuelto en contra de los intereses del consumidor, pues contraviene así la Directiva 93/13/CEE sobre las cláusulas abusivas en contratos suscritos por consumidores, que establece claramente que en caso de duda prevalecerá la interpretación más favorable para el consumidor. Además, lo razonable ante esas dudas era que confirmase la sentencia del Juzgado de lo Mercantil, que es especialista en la materia. Cabe recordar que la Audiencia Provincial de Gipuzkoa no tiene especialización en materia mercantil.
La sentencia subraya que el IRPH Cajas era un índice oficial, algo que nunca ha sido negado por los afectados. Además, descarta algunos de los argumentos de los afectados sin rebatirlos, simplemente porque entiende que no estaban incluidos en la demanda original y fueron añadidos durante la vista previa. Las 30 demandas adicionales estimadas por el Juzgado de lo Mercantil y recurridas por Kutxabank contienen muchos más argumentos que esta primera demanda, por lo que es perfectamente factible que las siguientes 30 sentencias recurridas por Kutxabank sean ratificadas por la Audiencia Provincial.
Por otro lado, el fallo afirma que no ha quedado justificado que las entidades puedan influir en la determinación del IRPH, pero acto seguido reconoce que «pueden tener cierta incidencia». Esta concatenación de afirmaciones contradictorias es inaudita. Si la entidad puede tener cierta incidencia en el índice, obviamente puede influir en ella, y por tanto su imposición por parte de las entidades bancarias es abusiva y contraria a la normativa vigente.
Apreciamos un comportamiento dubitativo en la Audiencia Provincial, que suponemos que ha estado sometida a fuertes presiones para dictar esta sentencia tan poco fundamentada.
En el plano político, IRPH Stop Gipuzkoa pide una reflexión a PNV, PSE y PP, responsables de la gestión de Kutxabank. Es intolerable que hayan convertido a nuestras cajas, construidas con los ahorros de los ciudadanos y con un fin social, en una entidad despiadada de la que esos mismos ciudadanos tienen que defenderse en tribunales. Y es inadmisible que en esa batalla judicial Kutxabank ponga en marcha todo su aparato legal y no dude en recurrir todas las sentencias y en emplear todo tipo de argucias para justificar prácticas oscuras como la aplicación del IRPH que, como poco, suscitan «serias dudas».