LA COMISIÓN EUROPEA SE POSICIONA A FAVOR DE LOS AFECTADOS Y EN CONTRA DEL TRIBUNAL SUPREMO ESPAÑOL EN EL ASUNTO IRPH QUE SE ANALIZA EN EL TJUE
HITO HISTÓRICO EN LA BATALLA JUDICIAL CONTRA ESTE ÍNDICE HIPOTECARIO ABUSIVO
Donostia, 23-9-2018
La Comisión Europea, en sus observaciones escritas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se ha posicionado a favor de las personas afectadas por el índice hipotecario español IRPH, oponiéndose frontalmente a la sentencia del Tribunal Supremo.
El escrito de conclusiones de la Comisión Europea, que supone un hito histórico de gran importancia en la batalla judicial contra el IRPH, ha sido dado a conocer por los abogados Maite Ortiz y José María Erauskin. Las conclusiones de la Comisión se enmarcan en el contexto de una cuestión prejudicial relativa al IRPH planteada por un juzgado de Barcelona a petición del despacho de Abogados Urbe, colaboradores del despacho donostiarra Abogados Res, de Ortiz y Erauskin.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sido interpelado para que aclare si la sentencia de Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2017, en la que eximía la cláusula IRPH de todo control de transparencia, es ajustada al derecho comunitario. Cabe recordar que la propia sentencia del Supremo español incluía dos votos particulares que afirmaban sin ambages que el fallo era contrario a derecho.
Siguiendo el procedimiento habitual, el TJUE solicitó a las partes, los estados miembro y a la Comisión Europea sus observaciones escritas relativas a la cuestión planteada, y la Comisión Europea ha respondido con un escrito de 40 páginas en el que se opone frontalmente a la sentencia del Tribunal Supremo español y se alinea con el voto particular, cuya explicación califica de «acertada y muy clara».
Tras recibir todas las observaciones, el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea redactará ahora sus conclusiones. La opinión de la Comisión tiene un gran peso en las conclusiones del abogado general, y los dictámenes del Tribunal son mayoritariamente conformes con la opinión del abogado general. Es por tanto muy probable que el Tribunal Supremo español vuelva a ser corregido por Europa. Estamos en un momento histórico y muy esperanzador para las familias afectadas por el IRPH, que según nuestras estimaciones fue empleado en más de 1,3 millones de hipotecas.
Si el TJUE responde a la cuestión prejudicial en la línea recomendada por la Comisión, los tribunales españoles deberán juzgar si la cláusula IRPH fue incorporada a los contratos con la suficiente transparencia, y en caso de no ser así deberán expulsarla del contrato. Se anularía por tanto la doctrina que quiso imponer el Tribunal Supremo, afirmando que a esta cláusula no cabía aplicar ningún control de transparencia. El voto particular contenido en dicha sentencia, que puede ser avalado ahora por Europa, expresaba una opinión bien distinta: «no cabe poner en duda que el índice de referencia IRPH tanto al tenor de su fórmula matemática de cálculo, como por su peculiar configuración (incluye comisiones y además gasto del cliente, y se calcula por una media no ponderada) presenta una complejidad de compresión para el consumidor medio que lo hace idóneo como elemento o componente susceptible del control de transparencia».
Ningún contrato hipotecario referido al IRPH explica su configuración ni sus numerosas desventajas para el consumidor. Un catedrático de estadística certificó que es un índice «muy poco robusto» y «manifiestamente mejorable», y añadió que las entidades tienen capacidad para «incidir, influir, manipular y condicionar el resultado final» del índice. Esto significa que todas las cláusulas IRPH fueron incorporadas sin transparencia y por tanto todas ellas acabarían siendo declaradas nulas por los tribunales, exactamente igual que las claúsulas suelo.
El TJUE también debe pronunciarse sobre las consecuencias de esta nulidad. La Comisión, en sus observaciones, recuerda que la consecuencia de la nulidad es la expulsión de la cláusula del contrato, y por tanto los contratos referidos a IRPH deberían quedar sin interés. Esto es algo perfectamente factible, y de hecho ya ha sido dictado por varios juzgadores en sus sentencias de nulidad de IRPH. Sólo para el hipotético caso de que algún juzgador determine que, por algún motivo particular, un contrato de préstamo no puede continuar sin interés, la Comisión recomienda que las partes acuerden un índice sustitutivo y que, en caso de falta de acuerdo, sea el juzgador quien determine el uso de un índice más habitual, como el Euribor, sin modificar el diferencial pactado. Pero, como ya se ha dicho, esto no debería ser necesario porque tanto el Código Civil como el Código de Comercio establecen que los préstamos son por defecto gratuitos.
IRPH Stop Gipuzkoa valora de forma extremadamente positiva esta noticia histórica, y anima a todas las familias afectadas a resistir hasta que llegue la tan esperada justicia.
Puedes ver el escrito de observaciones de la Comisión Europea haciendo click aquí.
Si en el caso de que el juez entienda que debe retribuirse un préstamo con interés, como se explicaría una cuota cero (sin interés) cuando el tipo referenciado sea cero o negativo (al euribor me remito). El préstamo puede ser sin interés, el mismo TS lo dijo en la sentencia de las cláusula suelo.
Saludos
Muy buena explicación y clarito. Gracias José María por tu esfuerzo. Un saludo
Cuanto puede tardar en dictaminar la justicia Europea
Esto demuestra lo poco que podemos confiar en nuestro sistema judicial. Mientras que en la UE velan por los derechos de sus ciudadanos aquí los jueces sólo velan por los intereses de los poderosos aún cuando suponga saltarse las leyes más básicas. Esto bsce muchos años que dejó de ser una democracia de pleno derecho.
He sido el tonto del pueblo desde que en 2009 tuve conocimiento de lo que significaba tener este índice en tu hipoteca, ni mi mujer me terminaba de creer hasta principios del 2017 y ha día de hoy no estoy seguro que lo haga. Yo me informe de lo que era el euribor y apalabre +1 de diferencial, hablé con el director de la sucursal como se fijaba mensualmente y me dio un papel de su puño y letra que tuve en la casa donde vivía mientras terminaba la obra hasta 3 meses antes de descubrir el puto irph, están siendo años de tortura económica, sicológica y sentimental gracias al indice