El Abogado General nos da la razón: valoración de urgencia

EL ABOGADO GENERAL DEL TJUE DA LA RAZÓN A LOS AFECTADOS POR IRPH, QUE MUESTRAN SU ALEGRÍA Y SU AGRADECIMIENTO A LOS ABOGADOS MAITE ORTIZ Y JOSÉ MARIA ERAUSKIN

AL IGUAL QUE YA HIZO ANTERIORMENTE LA COMISIÓN EUROPEA, EL ABOGADO GENERAL SE OPONE AL CRITERIO DEL TRIBUNAL SUPREMO ESPAÑOL Y DEL GOBIERNO ESPAÑOL

TILDA AL IRPH DE COMPLEJO Y POCO TRANSPARENTE

LA SENTENCIA, QUE LLEGARÁ EN UNOS MESES, SUELE COINCIDIR CON EL CRITERIO DEL ABOGADO GENERAL

Donostia, 10-9-2019

El Abogado General del TJUE ha hecho publicas hoy sus conclusiones en relación al índice IRPH. Su postura es favorable a los consumidores, coincide con la opinión de la Comisión Europea y se opone al criterio establecido por el Tribunal Supremo español y a la postura defendida por el Gobierno de España en el proceso.

El Abogado General cree que la cláusula IRPH debe someterse a todos los controles de abusividad, no siendo de aplicación ninguna de las excepciones defendidas por el Gobierno de España.

Además, Maciej Szpunar afirma en su informe de conclusiones que la fórmula de cálculo del IRPH resulta compleja y poco transparente y establece que la información que debe facilitar el profesional debe ser suficiente para poder tomar una decisión con pleno conocimiento del método de cálculo del IRPH y los elementos que lo componen, especificando no solo su definición completa sino también las disposiciones de la normativa nacional que determinan dicho índice. El consumidor medio, para considerar que ha comprendido realmente el método de cálculo, debe poder acceder a un dato importante: el IRPH se calcula con tipos TAE.

Este hecho, ocultado por la banca en los contratos, es una de las reivindicaciones históricas de las personas afectadas: el IRPH se calcula con tipos TAE, que incluyen comisiones y gastos, y puesto que las hipotecas referenciadas al IRPH incluyen sus propias comisiones y gastos, esto supone una duplicidad de pago del que no fueron advertidas.

Además, el Abogado General afirma que debió informarse también sobre la evolución pasada del IRPH.

Los afectados por IRPH ven hoy más cerca la esperada justicia, y muestran su agradecimiento a Maite Ortiz y José María Erauskin. Estos abogados antidesahucios, desde su minúsculo despacho donostiarra, iniciaron la batalla legal contra el IRPH junto con IRPH Stop Gipuzkoa hace ya más de 5 años, y han conseguido llevarlo hasta las más altas instancias.

Por último, a IRPH Stop Gipuzkoa le parece repugnante que la ministra de Economía Nadia Calviño haya dicho hoy, en relación a este asunto, que el Gobierno está comprometido con la protección de los consumidores, cuando dicho gobierno se ha personado en la causa ante el TJUE precisamente para proteger a la banca y perjudicar a los consumidores. Dicha defensa se ha producido por escrito (bajo gobierno del PP) y también durante la vista oral en Luxemburgo (bajo gobierno del PSOE).

En el vídeo puedes ver las primeras declaraciones de José María Erauskin, que junto con Maite Ortiz emprendió esta lucha con IRPH Stop Gipuzkoa y que han conseguido llevarla hasta Europa.

Además, en la imagen hacemos un resumen a modo de guía para que puedas ver qué ha dicho cada uno de los actores. Puedes descargar la imagen en formato JPG y en formato PDF.

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El Abogado General del TJUE nos da la razón

A falta de una valoración más profunda ya podemos afirmar que el Abogado General del TJUE, igual que hizo anteriormente la Comisión Europea, nos da la razón. Ambas entidades discrepan por tanto del criterio del Tribunal Supremo Español y del Gobierno de España. Su opinión tendrá un peso importante en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que llegará en unos meses.

En el vídeo puedes ver las primeras declaraciones de José María Erauskin, que junto con Maite Ortiz emprendió esta lucha con IRPH Stop Gipuzkoa y que han conseguido llevarla hasta Europa.

Además, en la imagen hacemos un resumen a modo de guía para que puedas ver qué ha dicho cada uno de los actores. Puedes descargar la imagen en formato JPG y en formato PDF.

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Primeras noticias desde Luxemburgo

Las primeras noticias son muy buenas. La unidad de prensa del TJUE CONFIRMA que en opinión del Abogado General:

-el #IRPH no está exento de control por ninguno de los 2 motivos defendidos por banca y gobierno español.
-la fórmula de cálculo es compleja y poco transparente y requiere información sobre su cálculo y su evolución.

Todavía no hemos podido leer el informe del Abogado General. Seguiremos informando.

IRPH en el TJUE: guía para entender el proceso

IRPH Stop Gipuzkoa ha editado una guía para entender el proceso al IRPH en el TJUE y conocer la postura de cada una de las partes que permitirá comprender las conclusiones que el Abogado General hará públicas el martes 10 de septiembre de 2019 a las 9:30 horas.

Puedes descargarlo en formato JPG o en formato PDF.

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Kutxabank, la entidad más afectada si el TJUE dicta en contra del IRPH

KUTXABANK, LA ENTIDAD QUE MÁS PERDERÍA CON UNA SENTENCIA EUROPEA CONTRARIA AL IRPH

PORCENTUALMENTE ES LA ENTIDAD QUE MÁS HA APLICADO EL POLÉMICO ÍNDICE

EL 10 DE SEPTIEMBRE SE CONOCERÁ LA OPINIÓN DEL ABOGADO GENERAL, Y ALGUNOS MESES DESPUÉS LA SENTENCIA DEL TJUE

DOS ABOGADOS GIPUZKOANOS INICIARON LA BATALLA JUDICIAL Y HAN LLEGADO HASTA EL TJUE

Donostia, 2-9-2019

El próximo 10 de septiembre a las 9 y media de la mañana el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea hará públicas sus conclusiones en relación al IRPH, un índice hipotecario español empleado en un considerable número de préstamos. La opinión del abogado general no es vinculante para el tribunal, pero la mayoría de las sentencias suelen coincidir con su criterio. La vista oral se celebró el pasado 25 de febrero en Luxemburgo, y la publicación del informe del abogado general es el último paso antes de dictarse la sentencia, que se espera para finales de 2019 o principios de 2020.

La expectación entre las partes es máxima, pues el montante del litigio es de varios miles de millones de euros que la banca tendría que devolver a las personas afectadas.

No existen datos exactos sobre la cantidad de préstamos afectados por este índice, aunque la estimación de IRPH Stop Gipuzkoa es de 1,3 millones. Tampoco se conoce cuántas familias fueron desahuciadas por no poder hacer frente al pago de una cuota mas alta si se compara con un préstamo referenciado al Euribor. Nunca se sabrá cuántas de esas familias afectadas por IRPH pasan frío en invierno por no poder pagar la calefacción o se quedan en casa en verano sin poder irse de vacaciones. La cantidad de niños con una nutrición inadecuada o que han tenido que renunciar a ir a la universidad para que sus padres paguen el IRPH es asimismo una incógnita.

Pero lo que sí podemos conocer es el saldo vivo que las grandes entidades bancarias tienen en préstamos referenciados al IRPH. Entre las cinco entidades más grandes acumulan un total de 16.530 millones de euros, repartidos del siguiente modo: Caixabank lidera la lista con 6.700 millones, seguido de Santander con 4.300 millones, BBVA con 3.100 millones, Bankia con 1.600 millones y Sabadell con 830 millones de euros.

Sin embargo, en el ranking de entidades que aplican IRPH se “cuela” entre los grandes bancos uno más pequeño y que no cotiza en bolsa. Se trata de Kutxabank, que cerró 2018 con 1.235 millones de euros en préstamos referidos al IRPH, y que por tanto ocupa el quinto lugar en el ranking. Y si en lugar de comparar valores absolutos se tiene en cuenta la importancia relativa de los préstamos IRPH en el activo total de la entidad, se observa que Kutxabank es la más implicada del estado (2,27% de su capital son préstamos IRPH), seguida de Caixabank (2,19%) y Bankia (0,78 %). El resto de entidades no superan el 0,5%.

Pero esto no es todo. Kutxabank dispone además de numerosos préstamos en los que aplicó una variedad de IRPH que a día de hoy no existe. Se trata del IRPH Cajas, que se publicó hasta finales de 2013 y cuya aplicación Kutxabank estiró hasta rozar o infringir el límite legal, desoyendo los llamamientos que recibió desde numerosos ayuntamientos, la Diputación Foral y las Juntas Generales de Gipuzkoa y el Parlamento de Vitoria-Gasteiz. Dichos préstamos pagan a día de hoy una cuota calculada con Euribor+1%, pero se verían afectados por una sentencia de nulidad retroactiva, por lo que también están en los cálculos de Kutxabank de cara a la sentencia europea. Si consideramos datos de 2012, antes de la desaparición del IRPH Cajas, el volumen de préstamos IRPH de Kutxabank era de 4.500 millones de euros, lo cual suponía un 8,4% de sus activos.

Con esas cifras Kutxabank confirma que en término relativos es la entidad más implicada en la aplicación de IRPH. Y en términos absolutos el banco vasco escala además al segundo puesto en el ranking del estado español, superado solo por Caixabank, que a su vez también tiene una gran cantidad de préstamos que en el pasado fueron referenciados a IRPH Cajas.

Kutxabank y Caixabank son por tanto las entidades que con más preocupación esperan la sentencia europea, que podría poner fin a una batalla legal que arrancó precisamente con una demanda contra Kutxabank en los juzgados de lo mercantil de Donostia, Gipuzkoa. La demanda, presentada por la plataforma IRPH Stop Gipuzkoa con la ayuda voluntaria de los abogados antidesahucios Maite Ortiz y José María Erauskin, fue resuelta el 29 de abril de 2014 con la primera sentencia de nulidad de IRPH en todo el estado español. La sentencia condenaba a Kutxabank a devolver las cantidades cobradas en aplicación de este índice. La entidad vasca recurrió ésta y todas las sentencias condenatorias siguientes, y el asunto llegó hasta el Tribunal Supremo español. El 14 de diciembre de 2017 el Supremo revocó una sentencia de nulidad de IRPH conseguida por Ortiz y Erauskin en la Audiencia Provincial de Araba, y la banca pareció respirar aliviada. Pero la calma no duró demasiado en los despachos bancarios, porque Ortiz y Erauskin consiguieron entonces escalar el asunto hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que admitió a trámite una cuestión prejudicial planteada por los abogados gipuzkoanos en un juzgado de Barcelona.

Ahora todos los ojos están puestos en Luxemburgo, y las familias afectadas somos optimistas. En el TJUE la banca ha contado con la ayuda del gobierno español, que se ha personado en la causa para defender los intereses de las entidades bancarias, tanto por escrito (mediante un informe redactado bajo un gobierno central del PP) como verbalmente (participando en la vista oral bajo un gobierno del PSOE). Sin embargo, las personas consumidoras hemos podido ver cómo a la defensa de Ortiz y Erauskin se ha sumado la Comisión Europea, que ha recomendado corregir el criterio del Tribunal Supremo español. Cabe recordar además que dentro del propio Supremo hubo un voto particular, suscrito por dos magistrados, que afirmaba sin ambages que la sentencia que parecía salvar al IRPH era contraria al derecho comunitario. Existen por tanto razones suficientes para ser optimistas y confiar en que se haga justicia y la banca devuelva todo lo cobrado en aplicación de este índice.

La Comisión Europea y el BCE consideran factible una sentencia de nulidad del IRPH

La Comisión Europea acaba de publicar, el 5 julio de 2019, el undécimo informe de vigilancia de la situación financiera española tras el rescate o “programa de asistencia financiera” de enero de 2014. Esta vigilancia se mantendrá hasta que España devuelva el 75% de los 41.300 millones del rescate, por lo que se seguirán publicando más informes de este tipo. El informe, realizado en colaboración con el Banco Central Europeo, es optimista, y afirma que “el sector bancario español goza de una buena rentabilidad, liquidez y capitalización”, aunque hace algunas puntualizaciones.

En el apartado dedicado a los desafíos futuros, se incluye una breve referencia a los riesgos judiciales. Se explica que los pleitos judiciales han tenido un impacto “significativo” para muchos bancos, añadiendo que el motivo han sido principalmente las “malas prácticas de venta”. El informe señala que los costes vinculados con las sentencias relativas a venta de preferentes ya están pagados o provisionados, pero advierte de la posible emergencia de nuevos riesgos potenciales. Y cita dos asuntos: los gastos de constitución de los préstamos hipotecarios y el tipo de interés IRPH. Según el informe, futuras sentencias relacionadas con estos dos temas “podrían afectar a la rentabilidad de algunos bancos afectados”.

Numerosos medios de comunicación del estado español se han hecho eco de esta alusión al IRPH en el informe de la Comisión y, puesto que estamos a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea decida sobre el tema, algunos afectados se han mostrado preocupados. Podría interpretarse que la Comisión Europea está advirtiendo de los riesgos de condenar a la banca española por las cláusulas IRPH, y por tanto haciendo campaña a favor de los bancos. No olvidemos que el estado español se ha personado ante e TJUE en el asunto del IRPH para defender a los bancos y que uno de los argumentos esgrimidos ha sido el supuesto impacto que tendría la nulidad del IRPH. El pesimismo de los afectados ante este informe puede ser comprensible, acostumbrados como estamos al funcionamiento del estado español, con una deficiente separación de poderes y con un Tribunal Supremo y un gobierno central (siempre, independientemente de su color) descaradamente favorables a los intereses de la banca.

Pero no nos dejemos llevar por las apariencias: el informe no dice que la nulidad del IRPH pondría en riesgo la estabilidad del sistema financiero español, que es lo que alega el gobierno español para pedir que, en caso de nulidad de IRPH, ésta no tenga efectos retroactivos. El informe simplemente observa que podría afectar a la rentabilidad, y no a la estabilidad ni a la viabilidad ni al futuro ni a la supervivencia de la banca. Además, limita el impacto a la rentabilidad de “algunos bancos afectados”. No al sistema financiero, no a todos los bancos, ni siquiera a todos los bancos afectados. Sólo a “algunos bancos afectados”. No es por tanto un mensaje alarmista. Simplemente se considera la nulidad de las cláusulas IRPH como un hecho verosímil, perfectamente factible, y por tanto debe mover a los afectados al optimismo.

No olvidemos que la Comisión Europea también se ha personado ante el TJUE en el asunto del IRPH, y se ha alineado claramente a favor de los derechos de los consumidores y en contra del criterio del Tribunal Supremo español. Además, durante la vista oral celebrada en febrero de 2019 en Luxemburgo el representante de la Comisión Europea reprochó en varias ocasiones a la representante del estado español que no había demostrado que una sentencia nulidad del IRPH supusiera un riesgo para la estabilidad del sistema financiero español. Este informe no cambia la situación: la Comisión Europea opina que la justicia debe dar la razón a los afectados, no cree que el impacto vaya a ser fatal para el sistema financiero español y por tanto está a favor de que se nos devuelva todo lo robado.