Ha llegado el gran día: hoy el IRPH se analiza en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y os contaremos todo desde Luxemburgo en esta web y en Twitter @irphstop_gpzkoa
Categoría: Europa
Entrevista a José María Erauskin en vísperas de su viaje a Luxemburgo para la vista en el TJUE
Sólo unos días para el “juicio al IRPH” en Europa
El próximo lunes ocurrirá algo que hace unos años sólo era un sueño: en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se discutirá sobre IRPH. Cuando en octubre de 2013 se inició la batalla judicial contra este índice mediante una demanda de nulidad presentada por la plataforma IRPH Stop Gipuzkoa con sus abogados voluntarios Maite Ortiz y José María Erauskin, muchos pensaron que una demanda así, contra el uso de un índice de referencia oficial, no tendría ningún recorrido. Y más de 5 años después aquí estamos, a escasos días de que los mismos Maite Ortiz y José María Erauskin se desplacen a Luxemburgo para exponer sus argumentos ante el Tribunal Europeo.
Cuando comenzamos, ningún medio de comunicación se hacía eco de nuestras reivindicaciones, y la banca simplemente nos ignoraba. Hoy los medios y sobre todo la banca están pendientes de lo que dicte el tribunal europeo. Un tribunal que ha demostrado tomarse muy en serio el litigio, pues ha decidido que el asunto sea analizado en la Gran Sala, por un pleno compuesto por 15 jueces y presidido por el propio presidente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Es la hora de la verdad, al menos en la vía judicial contra el abuso del IRPH. Europa puede, una vez más, corregir a los tribunales españoles, y más concretamente al Tribunal Supremo, que avaló la cláusula mediante la cual este índice se incorpora a los préstamos hipotecarios, sin valorar su contenido ni su transparencia.
La cita es el lunes 25 de febrero de 2019 a las 14:00 horas, en la Gran Sala de la sede que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene en Luxemburgo. IRPH Stop Gipuzkoa estará presente e informará en directo a través de su cuenta de Twitter @irphstop_gpzkoa, aunque el flujo de noticias deberá interrumpirse mientras dure la vista, porque el uso de dispositivos móviles está prohibido.
Las partes, en este caso la demandada Bankia y los abogados del demandante, Maite Ortiz y José María Erauskin, tienen la oportunidad de hacer una breve exposición oral, y hay derecho a réplica. Además los jueces pueden hacer preguntas y pedir aclaraciones, por lo que la sesión podría prolongarse. También pueden intervenir otras instituciones que han decidido personarse en el caso, como es el caso de la Comisión Europea y dos de los estados miembro: el Reino Unido y el Reino de España.
La postura de la Comisión Europea es la más relevante, pues proviene de una posición que a priori podríamos considerar neutral. Y la buena noticia es que la Comisión ha presentado un escrito en el que discrepa de la doctrina favorable al IRPH que el Tribunal Supremo español quiso fijar con su sentencia. Y es que la Comisión Europea se alinea con el voto particular de dos de los magistrados del Supremo, que dijeron abiertamente algo tan grave como que la sentencia es contraria a derecho. Se trata sin duda de una muy buena noticia para las personas afectadas.
El Reino Unido por su parte ha querido proponer respuesta a alguna de las cuestiones planteadas y que el TJUE debe responder. No hay IRPH en el Reino Unido, pero puesto que las resoluciones del TJUE son vinculantes para todos los estados miembro y pueden extrapolarse a otros litigios, el Reino Unido ha querido intervenir en un sentido que resulta favorable a los intereses de la banca.
El Reino de España también quiso hacer su aportación, y presentó su propio escrito de conclusiones. Lo hizo a través de la figura del abogado del estado ante el TJUE, que depende del ejecutivo. Conociendo la trayectoria de los distintos gobiernos españoles a nadie debería sorprender que la postura de dicho abogado sea abiertamente favorable a los intereses de la banca y contraria a los derechos de las personas consumidoras afectadas por el IRPH. El gobierno español ha intervenido ante el TJUE para decir, básicamente, que la cláusula IRPH no debe declararse abusiva y que, en caso de que lo sea, no procede exigir a los bancos que devuelvan ni un sólo céntimo de lo cobrado. El escrito fue presentado el 7 de junio de 2018. Pedro Sánchez era ya presidente del gobierno, pero todavía no había puesto al socialista Marco Aguiriano al frente de la Secretaría de Estado para la UE, de la que depende la Abogacía del Estado ante el TJUE. IRPH Stop Gipuzkoa ha exigido al gobierno español del PSOE que cambie la postura del estado español en el litigio, pasando a alinearse con el criterio de la Comisión Europea o, como mínimo, manteniéndose imparcial (retirando su escrito y absteniéndose de participar en la vista). Esta iniciativa de IRPH Stop Gipuzkoa fue registrada en el Congreso Español como Proposición No de Ley, y está pendiente de votación en la Comisión Mixta para la Unión Europea desde hace ya 3 meses. Parece que la socialista Soraya Rodríguez, que preside la comisión, ha decidido bloquear la votación. Es una pena, porque impide conocer la opinión del resto de partidos. La del PSOE la comprobaremos el lunes en Luxemburgo.
Recordemos que después de la vista oral llegarán, en unas semanas, las conclusiones del abogado general asignado al asunto. Y por último, después de analizar dichas conclusiones, el TJUE hará pública su decisión. Quedan por tanto todavía unos pocos meses para conocer dicha decisión.
Mientras tanto no olvides estar atent@a la cuenta de Twitter @irphstop_gpzkoa, que retransmitirá todas las novedades de primera mano.
El Congreso debatirá sobre la postura de España respecto al IRPH en el Tribunal de Justicia de la UE
Tal y como denunciamos en exclusiva el pasado 18 de octubre, el estado español se ha personado ante el Tribunal de Justicia de la UE en el asunto de la cláusula IRPH, y lo ha hecho para defender a la banca. Así, el abogado del estado español, dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores, presentó un escrito defendiendo la no abusividad de la cláusula IRPH y solicitando que, si finalmente se decretara su nulidad, esta nulidad no tuviera efectos retroactivos, para que la banca no tuviera que devolver los intereses cobrados en aplicación de este índice.
IRPH Stop Gipuzkoa remitió a todos los grupos parlamentarios del Congreso Español una propuesta de Proposición no de Ley que instaba al Gobierno de España a cambiar de postura y defender a las personas consumidoras o, como mínimo, mantenerse imparcial en el litigio. El gobierno, hasta el momento, ha argumentado a favor de la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2017, que avalaba la aplicación del IRPH sin ningún control de transparencia. Pero cabe subrayar que dicha sentencia contaba con el voto particular de dos magistrados que afirmaban sin ambages que la misma era contraria al derecho comunitario. Además, la Comisión Europea también se ha personado en el litigio y ha presentado unas observaciones que se alinean con este voto particular y se oponen por tanto al criterio mayoritario del Supremo.
Gracias a la presión del colectivo afectado por este índice, hemos conseguido que algunos diputados de la oposición registren nuestra Proposición no de Ley. Como verás en el documento adjunto, se trata de Rafa Mayoral y Alberto Garzón (Unidos Podemos), Joan Baldoví (Compromís), Marian Beitialarrangoitia (EH Bildu) y Pedro Quevedo (Nueva Canarias). El texto será votado en Comisión, y en él se insta al gobierno a un cambio de postura de cara a la vista oral del caso, que aún no se ha celebrado.
Ahora es muy importante que hagamos presión sobre los políticos para que aprueben este texto. Para ello tenemos abierta una iniciativa en el portal Osoigo, y necesitamos todavía 250 apoyos. Por favor, ACCEDE A OSOIGO HACIENDO CLIC AQUÍ Y APOYA LA PREGUNTA.
IRPH: el gobierno español mueve ficha ante el TJUE para defender a la banca
IRPH: EL GOBIERNO ESPAÑOL MUEVE FICHA ANTE EL TRIBUNAL EUROPEO, DEFENDIENDO LOS INTERESES DE LA BANCA
EL REINO DE ESPAÑA HA PRESENTADO OBSERVACIONES ESCRITAS EN EL CASO SOBRE IRPH, Y LO HA HECHO PARA ATACAR LOS INTERESES DE SU PROPIA CIUDADANÍA
DICE QUE «NO TIENE SENTIDO» APORTAR INFORMACIÓN SOBRE EL IRPH PORQUE LA CIUDADANÍA «NO VA A ENTENDERLAS», Y QUE LA BANCA APLICÓ ESTE ÍNDICE «DE BUENA FE»
Donostia, 18-10-2018
La plataforma IRPH Stop Gipuzkoa ha tenido acceso a las observaciones escritas que el gobierno español ha presentado en el caso IRPH ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y ha podido comprobar que defiende abiertamente los intereses de la banca, posicionándose así en contra de los derechos de las personas afectadas por este índice hipotecario.
Las observaciones hechas en nombre del reino de España se enmarcan en el contexto de una cuestión prejudicial relativa al IRPH planteada por un juzgado de Barcelona a petición del despacho de Abogados Urbe, colaboradores del despacho donostiarra Abogados Res, de Ortiz y Erauskin. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sido interpelado para que aclare si la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2017, en la que se eximía la cláusula IRPH de todo control de transparencia, es ajustada al derecho comunitario. Cabe recordar que la propia sentencia del Supremo español incluía dos votos particulares que afirmaban sin ambages que el fallo era contrario a derecho.
Siguiendo el procedimiento habitual, el TJUE solicitó a las partes, los estados miembro y a la Comisión Europea sus observaciones escritas relativas a la cuestión planteada, y el reino de España ha respondido defendiendo abiertamente los intereses de la banca y posicionándose así en contra de los derechos de sus propios ciudadanos.
Anteriormente se conocieron las observaciones de la Comisión Europea, que se opone frontalmente a la sentencia del Tribunal Supremo español y se alinea con el voto particular, cuya explicación califica de «acertada y muy clara».
El estado español sin embargo dice coincidir con la conclusión a la que llegó el Tribunal Supremo, obviando que dicha conclusión no se alcanzó con unanimidad y que contenía un voto particular de dos magistrados. Ante la falta de acuerdo entre los magistrados de Supremo el estado español se alinea con los intereses de la banca y defiende ante Europa que no es necesario examinar si la cláusula IRPH es o no transparente, afirmando además que «no tiene sentido suministrar las fórmulas de estos tipos oficiales porque el consumidor medio no va a entenderlas».
En su escrito, el estado español contempla sin embargo la posibilidad de que el Tribunal Europeo acabe por dar la razón a las personas afectadas por el IRPH, y para tal caso pide que los efectos de la nulidad no sean retroactivos, por el «riesgo de repercusiones económicas muy graves». El gobierno cree por tanto que el importe estafado por la banca mediante la aplicación de IRPH es muy elevado, y pide que en caso de demostrarse la estafa se dicte su fin pero no la devolución de lo estafado. El gobierno anima a la banca a practicar estafas multimillonarias, pues defiende que sólo habrá de devolverse lo robado si la cantidad robada no es demasiado elevada. En ningún momento parece preocuparse por la situación económica de las miles de familias afectadas, que podrían ahora recuperar su dinero.
Y añade, como queriendo que el tribunal se compadezca de la banca, que «aquellas entidades que utilizaban este índice lo hacían de buena fe».
IRPH Stop Gipuzkoa considera que es un hecho gravísimo que el estado español interceda ante la justicia europea para atacar a sus propios ciudadanos. El escrito fue presentado por la Abogacía del Estado ante el TJUE el 7 de junio de 2018. Pedro Sánchez era ya presidente del gobierno, pero todavía no había puesto al socialista Marco Aguiriano al frente de la Secretaría de Estado para la UE, secretaría de la que depende el organismo encargado de redactar las observaciones. IRPH Stop Gipuzkoa exige al gobierno español del PSOE que cambie la postura del reino de España ante el TJUE y defienda la necesidad de que la cláusula de IRPH sea transparente.
En caso de que el gobierno no quiera defender a sus ciudadanos y ciudadanas en Europa, le exigimos al menos que sea imparcial y se abstenga de participar en la vista del caso, que todavía no se ha celebrado. IRPH Stop Gipuzkoa contactará con los distintos grupos parlamentarios del Congreso español para poner en marcha iniciativas en este sentido.
La Comisión Europea, a favor de los afectados por IRPH y en contra del Tribunal Supremo
LA COMISIÓN EUROPEA SE POSICIONA A FAVOR DE LOS AFECTADOS Y EN CONTRA DEL TRIBUNAL SUPREMO ESPAÑOL EN EL ASUNTO IRPH QUE SE ANALIZA EN EL TJUE
HITO HISTÓRICO EN LA BATALLA JUDICIAL CONTRA ESTE ÍNDICE HIPOTECARIO ABUSIVO
Donostia, 23-9-2018
La Comisión Europea, en sus observaciones escritas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se ha posicionado a favor de las personas afectadas por el índice hipotecario español IRPH, oponiéndose frontalmente a la sentencia del Tribunal Supremo.
El escrito de conclusiones de la Comisión Europea, que supone un hito histórico de gran importancia en la batalla judicial contra el IRPH, ha sido dado a conocer por los abogados Maite Ortiz y José María Erauskin. Las conclusiones de la Comisión se enmarcan en el contexto de una cuestión prejudicial relativa al IRPH planteada por un juzgado de Barcelona a petición del despacho de Abogados Urbe, colaboradores del despacho donostiarra Abogados Res, de Ortiz y Erauskin.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sido interpelado para que aclare si la sentencia de Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2017, en la que eximía la cláusula IRPH de todo control de transparencia, es ajustada al derecho comunitario. Cabe recordar que la propia sentencia del Supremo español incluía dos votos particulares que afirmaban sin ambages que el fallo era contrario a derecho.
Siguiendo el procedimiento habitual, el TJUE solicitó a las partes, los estados miembro y a la Comisión Europea sus observaciones escritas relativas a la cuestión planteada, y la Comisión Europea ha respondido con un escrito de 40 páginas en el que se opone frontalmente a la sentencia del Tribunal Supremo español y se alinea con el voto particular, cuya explicación califica de «acertada y muy clara».
Tras recibir todas las observaciones, el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea redactará ahora sus conclusiones. La opinión de la Comisión tiene un gran peso en las conclusiones del abogado general, y los dictámenes del Tribunal son mayoritariamente conformes con la opinión del abogado general. Es por tanto muy probable que el Tribunal Supremo español vuelva a ser corregido por Europa. Estamos en un momento histórico y muy esperanzador para las familias afectadas por el IRPH, que según nuestras estimaciones fue empleado en más de 1,3 millones de hipotecas.
Si el TJUE responde a la cuestión prejudicial en la línea recomendada por la Comisión, los tribunales españoles deberán juzgar si la cláusula IRPH fue incorporada a los contratos con la suficiente transparencia, y en caso de no ser así deberán expulsarla del contrato. Se anularía por tanto la doctrina que quiso imponer el Tribunal Supremo, afirmando que a esta cláusula no cabía aplicar ningún control de transparencia. El voto particular contenido en dicha sentencia, que puede ser avalado ahora por Europa, expresaba una opinión bien distinta: «no cabe poner en duda que el índice de referencia IRPH tanto al tenor de su fórmula matemática de cálculo, como por su peculiar configuración (incluye comisiones y además gasto del cliente, y se calcula por una media no ponderada) presenta una complejidad de compresión para el consumidor medio que lo hace idóneo como elemento o componente susceptible del control de transparencia».
Ningún contrato hipotecario referido al IRPH explica su configuración ni sus numerosas desventajas para el consumidor. Un catedrático de estadística certificó que es un índice «muy poco robusto» y «manifiestamente mejorable», y añadió que las entidades tienen capacidad para «incidir, influir, manipular y condicionar el resultado final» del índice. Esto significa que todas las cláusulas IRPH fueron incorporadas sin transparencia y por tanto todas ellas acabarían siendo declaradas nulas por los tribunales, exactamente igual que las claúsulas suelo.
El TJUE también debe pronunciarse sobre las consecuencias de esta nulidad. La Comisión, en sus observaciones, recuerda que la consecuencia de la nulidad es la expulsión de la cláusula del contrato, y por tanto los contratos referidos a IRPH deberían quedar sin interés. Esto es algo perfectamente factible, y de hecho ya ha sido dictado por varios juzgadores en sus sentencias de nulidad de IRPH. Sólo para el hipotético caso de que algún juzgador determine que, por algún motivo particular, un contrato de préstamo no puede continuar sin interés, la Comisión recomienda que las partes acuerden un índice sustitutivo y que, en caso de falta de acuerdo, sea el juzgador quien determine el uso de un índice más habitual, como el Euribor, sin modificar el diferencial pactado. Pero, como ya se ha dicho, esto no debería ser necesario porque tanto el Código Civil como el Código de Comercio establecen que los préstamos son por defecto gratuitos.
IRPH Stop Gipuzkoa valora de forma extremadamente positiva esta noticia histórica, y anima a todas las familias afectadas a resistir hasta que llegue la tan esperada justicia.
Puedes ver el escrito de observaciones de la Comisión Europea haciendo click aquí.