¿Cómo afecta la sentencia europea sobre cláusulas suelo a los afectados por IRPH?

El 2016 terminó con una muy buena noticia para las personas afectadas por cláusula suelo: la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 21 de diciembre. ¿Nos beneficia de algún modo a las personas afectadas por IRPH? La pregunta está muy extendida entre las víctimas del IRPH, y prueba de ello es que el 21 de diciembre el número de visitas a nuestra web se multiplicó por diez.

Analicemos en primer lugar en qué consiste exactamente la sentencia del TJUE. Para ello, repasemos la situación previa a esta sentencia. Recordemos que el Tribunal Supremo español había dictado (en mayo de 2013) que las cláusulas suelo son abusivas, al menos si no superan el doble control de transparencia. Es decir, que salvo que el banco demuestre que explicó con total transparencia el funcionamiento de la cláusula, ésta es abusiva. En la práctica, podemos afirmar que el 99% de las demandas por cláusula suelo ya terminaban con una victoria del consumidor, declarando abusiva la cláusula.

Entonces, ¿dónde estaba el problema? El problema era que el Supremo, consciente del impacto que esto iba a suponer en los beneficios de la banca, determinó que las personas afectadas no podrían reclamar el dinero pagado de más en las mensualidades anteriores a mayo de 2013. Se trata de algo escandalosamente contrario a derecho, pues la legislación establece con total claridad que si una cláusula es declarada abusiva ésta debe desaparecer del contrato y la parte afectada debe ser restituida. No cabe limitar la retroactividad: hay que devolver todo lo cobrado indebidamente en aplicación de la cláusula abusiva. Sin embargo, el Supremo estableció esta excepción aludiendo a los efectos que una devolución total podía tener en la economía. Dicho de una manera más sencilla, el Supremo pretendió establecer una doctrina según la cual “si robas poco debes devolver lo robado, pero si robas mucho no hace falta que lo devuelvas”.

Así las cosas, algunos juzgados comenzaron a aplicar la doctrina del Supremo, limitando la retroactividad a mayo de 2013. Otros sin embargo la desoyeron, por tratarse de una auténtica aberración, y determinaron retroactividad total en sus sentencias de nulidad de cláusula suelo. Y unos pocos preguntaron a Europa. Y es aquí donde entra en juego el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que a pesar de la presión de la banca y del gobierno español ha dicho lo que es evidente: hay que devolver absolutamente todo lo robado.

Por tanto, lo que ha dicho Europa es lo siguiente: si acudes a los tribunales porque tienes cláusula suelo y la justicia te da la razón, tienes derecho a que te devuelvan absolutamente todo lo que has pagado de más. Es decir: si consigues la nulidad (algo que, como hemos dicho, ya se estaba consiguiendo en el 99% de los casos) ésta será total.

Ahora al parecer el gobierno trabaja en un decreto ley para gestionar o evitar la avalancha de demandas judiciales. En principio nada hace pensar que lo vaya a hacer en beneficio de los consumidores, y cabe esperar que el texto intente favorecer nuevamente a la banca, por lo que recomendamos a las personas afectadas por cláusula suelo que sean muy prudentes. Pero ésa es otra historia.

Volvamos a la pregunta inicial: ¿nos beneficia en algo a las personas afectadas por IRPH? Lamentablemente no de una manera directa. Lo que nos aporta es que cuando consigamos que la cláusula que establece el IRPH como índice de referencia de la hipoteca sea declarada abusiva nos tendrán que devolver todo lo pagado de más, sin ninguna limitación en el tiempo.

Pero, obviamente, la cuestión más importante sigue siendo conseguir que la cláusula del IRPH sea declarada abusiva. ¿Cuál es la situación?

Nuestra plataforma, gracias a la asistencia de nuestros abogados voluntarios Maite Ortiz y José María Erauskin, fue pionera y consiguió más de 30 sentencias de nulidad de IRPH en el Juzgado de lo Mercantil de Donostia en 2014. Sin embargo, todas fueron revocadas por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, empleando argumentos ridículos. Ortiz y Erauskin han obtenido sentencias análogas en otros juzgados del estado, y posteriormente muchos otros abogados lo han conseguido. A día de hoy las sentencias de nulidad de IRPH en primera instancia son ya incontables, pero la mayoría son recurridas por la banca, por lo que las sentencias firmes no son muchas todavía. Según nuestro recuento actualmente hay cuatro.

En segunda instancia, Maite Ortiz y José María Erauskin consiguieron la primera victoria en la Audiencia Provincial de Álava, en una sentencia que fue recurrida al Supremo por la entidad bancaria. Posteriormente, la misma Audiencia ha dictado al menos tres sentencias más, y por el momento no se conoce ningún otro caso.

La siguiente batalla importante se librará por tanto ante el Tribunal Supremo. Y debemos ser optimistas, porque la razón nos asiste, aunque sabemos que nos enfrentamos a un tribunal totalmente alineado con los intereses de la banca. Además nos queda el consuelo de saber que por encima del Supremo español está el tribunal europeo, y que este último parece inmune a las presiones de la banca.

Informe sobre el IRPH de la zona euro

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El llamado (por algunos) “IRPH de la zona euro” es un índice desconocido incluso para las personas más familiarizadas con los tipos de interés IRPH. Este índice de referencia para préstamos hipotecarios, supuestamente europeo, es citado con frecuencia en los escritos de contestación de las entidades bancarias ante demandas judiciales por aplicación de IRPH. La defensa de los bancos suele hacer referencia al mismo, tratando de homologar los índices abusivos IRPH a un pretendido análogo europeo.

En el informe que publicamos hoy mostramos que el IRPH de la zona euro es calculado de una manera más robusta, pero que en cualquier caso no es un índice de referencia oficial del Banco Central Europeo. Y mostramos además que los índices de referencia empleados mayoritariamente en todos los estados de la zona euro para la contratación de préstamos hipotecarios son tipos mayoristas como el Euribor, y en ningún caso un IRPH o similar.

A continuación puedes leer el informe, que puedes descargar en formato PDF haciendo click aquí.

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Respuesta a la europarlamentaria del PNV Izaskun Bilbao

El pasado 5 de octubre de 2016, las Juntas Generales de Gipuzkoa debatieron una propuesta de resolución acordada entre los grupos junteros de EH Bildu y Podemos en la que se exigía la derogación del IRPH y la devolución de los intereses cobrados y las viviendas desahuciadas mediante hipotecas referidas a este índice. Sin embargo, PNV, PSE y PP unieron sus fuerzas para sacar adelante un texto alternativo en el que, a pesar de mantener la petición de derogación del índice, se eliminó la posibilidad de devolver las cantidades cobradas y las viviendas desahuciadas. Tienes toda la información aquí:
https://irphstop.eus/es/irpharen-aurkako-ebazpen-urardotua-onartu-dute-gipuzkoako-bbnnek/

Una de las cosas que llamó nuestra atención fue que todos los grupos se mostraron de acuerdo en pedir a las autoridades europeas que la nueva normativa sobre índices de referencia sea modificada para que sea también aplicable a los índices que, como el IRPH, son elaborados por bancos centrales. Nos pareció una nueva muestra de hipocresía por parte de PNV, PSE y PP, porque esa posibilidad fue votada en la eurocámara y estos partidos se mostraron contrarios.

Denunciamos este hecho en Twitter, citando a los partidos implicados y, en el caso del PNV, a las dos jeltzales afectadas: la juntera María Eugenia Arrizabalaga (defendió en JJGG el cambio legislativo europeo) y la eurodiputada Izaskun Bilbao (rechazó dicho cambio cuando se votó en Bruselas). Izaskun Bilbao nos respondió afirmando que esto no era así e instándonos a consultar el registro de votaciones:

Por nuestra parte, consultamos nuevamente los registros y le demostramos que la información era “buena”:

Tras unos días de reflexión ,la europarlamentaria nos ha contestado mediante un escrito de tres páginas:

He aquí nuestra réplica:

Gracias por tu respuesta, Izaskun. Y gracias por reconocer que teníamos razón, y que por tanto la información que “manejamos” no es mala.

Dices que tus actuaciones en el Parlamento europeo son contrarias al IRPH y que son coherentes en el tiempo… pero en tu texto sólo citas dos actuaciones directamente relacionadas con el IRPH, y subrayas que en una de ellas defendiste los intereses de las personas afectadas por IRPH pero reconoces que en la segunda actuaste en nuestra contra. Por tanto una de cal y otra de arena, ¿verdad?

Haces referencia a la propuesta de resolución originada en la Comisión de Peticiones y que fue aprobada por el pleno, pero eliminando antes la parte donde se advertía expresamente al estado español que el IRPH es contrario a la legislación europea. Es cierto: tú votaste a favor de que dicha advertencia fuera incluida, y así lo recogimos en nuestra web el 9 de octubre de 2015:
https://irphstop.eus/es/pp-eta-psoek-europako-parlamentuak-irpha-gaitzestea-eragotzi-dute/

La nota de la PAH de Barcelona que citas fue publicada 4 días más tarde, basándose en nuestro comunicado (y no al revés):
https://pahbarcelona.org/2015/10/13/pp-psoe-y-ciudadanos-vetan-en-el-parlamento-europeo-la-eliminacion-del-irph-indice-abusivo-y-manipulable-con-el-que-se-estafo-a-mas-de-1-300-000-familias/

Y hasta ahí tus actuaciones contrarias al IRPH en el pleno: apoyar una propuesta de resolución que hubiera supuesto una “advertencia” (simbólica, no vinculante) al estado español. Algo es algo. Te lo agradecimos y te lo seguimos agradeciendo.

La otra votación es la que participaste (y en la que el IRPH se jugaba mucho más) es la que citábamos en nuestro tweet: se trataba de evitar que el IRPH quedara exento de cumplir la nueva normativa europea sobre índices de referencia. Ahí sí que nos jugábamos mucho: porque no hablamos de una advertencia simbólica del pleno, sino de una normativa de obligado cumplimiento. Ahí nos diste la espalda, y es de agradecer que lo reconozcas públicamente en tu escrito.

¿Qué más podemos decir? La representante del PNV en Europa no quiere que la nueva normativa europea afecte al IRPH, pero los representantes del PNV en las JJGG de Gipuzkoa nos dicen que ellos sí, que nos apoyan en eso. Puestos a elegir, preferimos que para cuestiones europeas nos apoyéis en Bruselas y no en Miramon. Se entiende, ¿verdad?

Sí, seguro que se entiende, porque es lógico. Y con la misma lógica, nos parece fenomenal que apoyéis iniciativas (más o menos descafeinadas) contra el IRPH en los distintos foros de debate… pero donde más nos podéis ayudar, y lo sabéis, es en el consejo de administración de Kutxabank, donde contáis con mayoría absoluta y donde se decide (decidís) seguir aplicando IRPH Entidades y no devolver los intereses cobrados y las viviendas desahuciadas con IRPH Cajas. También ahí se decide (decidís), recurrir sistemáticamente todas las sentencias que condenan a Kutxabank por aplicar IRPH, obligando a las familias afectadas a dejar su dinero y su salud en interminables procedimientos judiciales.

Para terminar, aclaremos el punto 4 de tu escrito, el referido al «trabajo conjunto y constructivo». Es cierto que conocíamos y apreciábamos el sentido de tu voto en la iniciativa de la Comisión de Peticiones. Es cierto que en febrero de 2016 intercambiamos una serie de mails para propiciar que vuestro grupo en el Parlamento de Vitoria nos apoyase con su voto. Es cierto que recordamos el resultado de la gestión. Pero, permítenos que te lo aclaremos: el resultado no fue todo lo bueno que podía haber sido. Tu compañero Aitor Urrutia no se dignó a responder nuestros últimos correos, y el día de la votación tu partido unió sus votos a los del PP para rechazar la parte en la que se pedía la devolución de los intereses cobrados y las viviendas desahuciadas con IRPH. Tenemos un gran problema ahí, Izaskun: si defendéis que el IRPH es abusivo y que por tanto hay que eliminarlo, ¿por qué no defendéis que se nos devuelvan los pisos desahuciados y los intereses cobrados?

Aquí nuestra crónica de aquella votación:
https://irphstop.eus/es/gasteizko-legebiltzarrak-irpha-abusuzkoa-dela-adierazi-eta-dirua-itzultzeko-eskatu-du/

Y aquí el vídeo, donde por cierto puede comprobarse que tu compañero Aitor Urrutia se refiere a los emails que citas diciendo que tuvo la impresión de una actitud en su contra:
https://irphstop.eus/es/gasteizko-legebiltzarreko-bilkura-historikoko-bideoa/

Atentamente,

IRPH Stop Gipuzkoa

Aprobado el nuevo reglamento europeo sobre índices de referencia, no tendrá efecto alguno sobre el IRPH

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El pleno del Parlamento Europeo ha aprobado hoy un nuevo reglamento específico sobre índices de referencia. El texto impone condiciones muy básicas que el IRPH no cumpliría, y por tanto obligaría a su desaparición o reforma. Sin embargo, el reglamento nace con una carencia fundamental: no será aplicable a los índices elaborados por bancos centrales, y el IRPH, al ser elaborado por el Banco de España, se salvará de tener que cumplir el reglamento.

Esto pudo haberse corregido el 19 de mayo de 2015, cuando el Parlamento Europeo debatió el proyecto de reglamento y el grupo europeo de izquierda (en el que se integran EH Bildu, IU y Podemos) presentó una enmienda para eliminar esta excepción. Pero la enmienda fue rechazada con los votos de PP, PSOE y PNV entre otros (tienes toda la información en esta noticia que publicamos ese día).

Tras aquella votación se abrió una serie de negociaciones a tres bandas entre Parlamento, Consejo y Comisión europeas. Concluidas dichas negociaciones, la exención a los índices elaborados por bancos centrales ha continuado presente, y el texto ha sido finalmente ratificado hoy mediante votación.

Han votado a favor del texto, uniendo así sus fuerzas a favor de la banca: PP, PSOE, Ciudadanos, UPyD, PNV, CDC, y Unió.

Han votado en contra, mostrando así su apoyo a nuestra causa contra los abusos bancarios: Podemos, Izquierda Unida, EH Bildu, Compromís, ERC, AGE e Iniciativa per Catalunya Verds.

El nuevo reglamento europeo sobre índices de referencia será aprobado el 12 de abril y no tendrá efecto sobre el IRPH [ACTUALIZACIÓN: se retrasa la votación

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Tal y como hemos informado en anteriores ocasiones, las autoridades europeas han elaborado un nuevo reglamento específico sobre índices de referencia que entrará en vigor este mismo año 2016. El reglamento impone condiciones muy básicas que el IRPH no cumpliría, y por tanto obligaría a su desaparición o reforma. Sin embargo, el reglamento nacerá con una carencia fundamental: no será aplicable a los índices elaborados por bancos centrales. El IRPH, al ser elaborado por el Banco de España, se salvará por tanto de tener que cumplir este reglamento.

Esto pudo haberse corregido el 19 de mayo de 2015, cuando el pleno del Parlamento Europeo debatió el proyecto de reglamento y el grupo europeo de izquierda (en el que se integran EH Bildu, IU y Podemos) presentó una enmienda para eliminar las excepciones previstas en el texto. Pero la enmienda fue rechazada con los votos de PP, PSOE y PNV entre otros. Estos partidos volvieron a unir sus fuerzas para salvar al IRPH, y lo consiguieron (tienes toda la información en esta noticia que publicamos ese día).

Tras aquella votación se abrió una serie de negociaciones a tres bandas entre Parlamento, Consejo y Comisión europeas. Estas negociaciones ya han concluido y el texto acordado sigue excluyendo a los índices elaborados por bancos centrales porque, según dice, «los bancos centrales responden a principios, criterios y procedimientos que garantizan que ejercen sus actividades con integridad e independencia» y «por tanto no es necesario los bancos centrales estén sujetos a lo dispuesto en el presente Reglamento». Lamentablemente, los afectados por el índice IRPH sabemos que esto no es así, y seguimos padeciendo un índice que no cumpliría los requerimientos de este reglamento.

El texto será votado el jueves 7 de abril en la comisión de Economía, y el 25 ó 26 de abril en el Pleno del Parlamento. No se admiten enmiendas, por lo que el IRPH, gracias a PP, PSOE y PNV, se volverá a librar por los pelos. Pero no será por mucho tiempo: pronto lo haremos caer.

El proyecto de nuevo reglamento europeo sobre índices de referencia sigue adelante, y el IRPH se libra por decisión de PP, PSOE y PNV

europarl

Tal y como hemos informado en anteriores ocasiones, las autoridades europeas trabajan en un nuevo reglamento específico sobre índices de referencia. El reglamento impone condiciones muy básicas que el IRPH no cumpliría, y obligaría a su desaparición o reforma. Sin embargo, el reglamento nacerá con una carencia fundamental: no será aplicable a los índices elaborados por bancos centrales. El IRPH, al ser elaborado por el Banco de España, se salvará de tener que cumplirlo.

El 19 de mayo de 2015 el pleno del Parlamento Europeo debatió el proyecto de reglamento, y el grupo de izquierda europeo en el que se integran EH Bildu, IU y Podemos presentó una enmienda para eliminar toda excepción. Pero la enmienda fue rechazada con los votos de PP, PSOE y PNV entre otros. Estos partidos volvieron a unir sus fuerzas para salvar al IRPH. Tienes toda la información en esta noticia que publicamos ese día.

Tras aquella votación se abrió una serie de negociaciones a tres bandas entre Parlamento, Consejo y Comisión europeas. Estas negociaciones acaban de concluir y hemos conocido el texto acordado, que sigue excluyendo a los índices elaborados por bancos centrales. Parece seguro por tanto que el IRPH se salvará de tener que cumplir esta normativa, que entrará en vigor en 2016.

Recordemos que el europarlamentario del PSOE Jonás Fernández (que votó en contra de la enmienda de la izquierda y también en contra de advertir expresamente a España de que el IRPH es contrario a la normativa europea), nos respondió en Twitter invitándonos a esperar a la redacción final del reglamento, dando a entender que podían eliminar la exención a índices como el IRPH. Obviamente, no esperábamos nada de él, y no nos hemos equivocado: el texto sigue sin ser aplicable al IRPH, que una vez más se salva gracias a PP, PSOE y PNV.

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