IRPH: varapalo a Kutxabank a las puertas de un nuevo pronunciamiento del Supremo
Un juzgado de Donostia anula el IRPH y también el sustitutivo Euribor+1, dejando el préstamo sin interés
Kutxabank es condenada a devolver todos los intereses cobrados, añadiendo además intereses legales
La exposición de Kutxabank a este índice tóxico es 6 veces superior a la que comunicó a la CNMV
Donostia – San Sebastián, 19 de octubre de 2020
El despacho donostiarra Abogados Res dio a conocer la semana pasada una sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº8 de Donostia – San Sebastián que declara nula por abusiva la cláusula IRPH aplicada por Kutxabank en un préstamo hipotecario. Además, la sentencia declara igualmente nulos los intereses abonados según el sustitutivo Euribor+1 previsto en el contrato.
El préstamo objeto de la demanda fue firmado en 2008 con Kutxa, y es análogo a otros miles que se firmaron en fechas similares por toda Gipuzkoa. En todos los casos el IRPH empleado era el IRPH Cajas, y el contrato preveía como tipo sustitutivo el Euribor+1%. Como quiera que el IRPH Cajas dejó de publicarse en 2013 por su falta de transparencia, todos los préstamos citados pasaron a abonar intereses según Euribor.
El cambio de IRPH Cajas a Euribor+1% supuso un gran alivio para miles de familias, que pasaron a abonar hasta 300 euros menos cada mes. Y, obviamente, supuso una pérdida de ingresos para Kutxa (entonces ya Kutxabank), que se vio obligada a aplicar el sustitutivo Euribor+1% porque así lo preveían los contratos. El banco retrasó todo lo que pudo esta sustitución, y para ello desoyó las peticiones expresas que le llegaron de decenas de ayuntamientos y también del parlamento autonómico de Vitoria-Gasteiz. Incluso las Juntas Generales de Gipuzkoa y la Diputación Foral de Gipuzkoa, fundadoras de Kutxa y con representación en su consejo de administración, urgieron a la entidad a no demorar la sustitución, pero todo fue en vano. La decisión de retrasar el cambio a Euribor fue votada en diversas ocasiones en el Consejo de Administración de Kutxa, donde se impuso la mayoría pro-IRPH de PNV, PSE-PSOE y el sindicato CCOO. Sólo EH Bildu defendió una sustitución inmediata a Euribor en la mesa de decisión.
La sentencia conocida la semana pasada, y que lleva fecha de 30 de septiembre, declara nulo el IRPH Cajas basándose en la sentencia europea de 3 de marzo de 2020. Y, declarada la nulidad del IRPH, declara también nulo su sustitutivo Euribor+1%. En consecuencia el préstamo queda sin remunerar, y Kutxabank es condenada a devolver todos los intereses cobrados, sumándole además los intereses legales correspondientes.
La demanda fue interpuesta por un consumidor con la asistencia de Maite Ortiz y José María Erauskin, abogados pioneros a nivel estatal en la batalla judicial contra el IRPH, que dio inicio precisamente en los juzgados donostiarras en 2013. Maite Ortiz y José María Erauskin llevaron el IRPH al Tribunal Supremo (que falló a favor de la banca) y posteriormente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (que corrigió al Supremo).
La sentencia ha sido dada a conocer unos días antes de que se produzca el segundo pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre la cláusula IRPH, anunciado para este miércoles 21 de octubre, en el que deberá corregir su anterior sentencia tras haber sido desautorizada por Luxemburgo.
Las personas afectadas no confían en el Supremo, y desde IRPH Stop Gipuzkoa tenemos claro que el tema tendrá que volver a Europa. El juez que planteó la primera cuestión prejudicial al TJUE, el magistrado González de Audicana, ya anunció su intención de elevar una segunda cuestión, y Maite Ortiz y José María Erauskin anunciaron que se ponían manos a la obra para redactar las preguntas, cuando el caso se paralizó porque la banca pidió la recusación de González de Audicana. Afortunadamente, dicha petición de recusación ha sido inadmitida. El 14 de diciembre de 2017 el Tribunal Supremo español intentó salvar a la banca en materia de IRPH, pero fue corregido por Luxemburgo el 3 de marzo de 2020. Desde IRPH Stop Gipuzkoa creemos que el miércoles presenciaremos un segundo intento, por lo que necesitaremos una segunda corrección por parte de Europa.
Mientras tanto, la sentencia dictada en Donostia es un recordatorio de que los jueces españoles están obligados a aplicar la jurisprudencia que emana de las sentencias de Luxemburgo sin esperar a conocer la opinión del Tribunal Supremo español.
Además, esta sentencia pone de manifiesto que el nivel de exposición de Kutxabank al índice tóxico IRPH es muy superior a la que comunicó a la CNMV. En efecto, Kutxabank informó en 2019 que su exposición se limitaba a un saldo vivo de 727 millones de euros de préstamos referidos a IRPH. La sentencia demuestra que no sólo los préstamos actualmente referidos a IRPH pueden ser objeto de reclamación, sino que todos los préstamos que en algún momento hayan sido referidos a un IRPH pueden ser impugnados. Según datos de la propia Kutxa, su saldo vivo de hipotecas referidas a IRPH, antes de la sustitución forzada a Euribor, era 6 veces superior, superando los 4.500 millones de euros.
La demanda cuya sentencia hemos conocido pedía además la nulidad de otras cláusulas abusivas, que todas las hipotecas de Kutxa contienen. La sentencia anula algunas de ellas, y en otras la propia entidad bancaria se ha allanado, es decir, ha aceptado retirar las mismas y devolver las cantidades indebidamente cobradas. Esto significa que Kutxabank está aplicando cláusulas abusivas de manera consciente a miles de personas, y se niega a dejar de aplicarlas salvo que se interponga una demanda. Cualquier otra vía de reclamación es infructuosa, lo cual demuestra el verdadero talante de este banco creado a partir de las cajas de ahorro públicas de la comunidad autónoma vasca y privatizado por acuerdo de PNV, PSE-PSOE, PP y CCOO.