europara galderak bidali zituen epaileak IRPHa baliogabetu du

IRPH: EL JUEZ QUE ELEVÓ LAS CUESTIONES PREJUDICIALES AL TRIBUNAL EUROPEO ANULA LA CLÁUSULA POR ABUSIVA

Se demuestra que la postura del TJUE es favorable al consumidor y corrige por tanto al Tribunal Supremo.

La sentencia se suma a otra de la Audiencia Provincial de Valencia. El Tribunal Supremo anunció un señalamiento para el 19 de enero pero no hay noticias al respecto.

Además, los abogados que iniciaron esta vía judicial han iniciado otra vía independiente.

Donostia, 21-1-2022

Francisco González de Audicana, Magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona, que elevó dos cuestiones prejudiciales sobre la cláusula IRPH al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha dictado sentencia estimando la demanda de nulidad presentada por el consumidor. Así lo hicieron saber ayer los abogados del demandante, Maite Ortiz y José María Erauskin, en las redes sociales de su despacho Abogados Res.

IRPH Stop Gipuzkoa celebra esta victoria judicial: queda demostrado que, a pesar de los intentos de la banca por confundir a la opinión pública, el TJUE dio la razón a las personas afectadas por este índice y corrigió el criterio del Tribunal Supremo español, empeñado en dar por buena la cláusula IRPH.

González de Audicana, basándose en las respuestas recibidas desde Europa (sentencia de fecha 3 de marzo de 2020, asunto C-125/18 y auto de fecha 17 de noviembre de 2021, asunto C-655/20) constata que la cláusula IRPH es abusiva y la deja sin efecto.

La sentencia hace un análisis detallado del índice IRPH, subrayando sus principales particularidades, todas contrarias a los intereses del consumidor: se calcula a partir de datos facilitados por las propias entidades, se calcula como una media simple no ponderada, cualquier entidad puede influir en el resultado independientemente de su volumen de negocio e incluye comisiones, gastos y diferenciales que hacen que se sitúe por encima del tipo practicado por el mercado.

La entidad no explicó nada de esto al consumidor, ni le mostró la evolución del índice los dos años anteriores, incumpliendo así la normativa vigente. Además, en lugar de aplicar un diferencial negativo como exigía el Banco de España, se aplicó un diferencial positivo (IRPH Cajas + 0,25%). Por todo ello, no cabe duda sobre la falta de transparencia ni de la abusividad de la cláusula. Queda clara la ausencia de buena fe por parte de la entidad, pues es imposible que un consumidor consciente de todo lo anterior acepte dicha cláusula. Queda asimismo demostrado el desequilibrio de derechos y obligaciones, al no informarse al consumidor que el IRPH es una media de TAEs y que por tanto incluye una media de las comisiones, gastos y diferenciales de los préstamos, a los que se sumarán las comisiones y gastos del propio préstamo más un diferencial positivo en lugar del negativo exigido por el Banco de España.

Sobre las consecuencias de la nulidad de la cláusula que fija el tipo de interés del préstamo, la sentencia se remite a jurisprudencia del Tribunal Supremo y establece que el préstamo no podría subsistir sin interés. Un error en opinión de IRPH Stop Gipuzkoa, pues la normativa establece que el préstamo es gratuito por naturaleza. Sin embargo, una vez asumido que el interés no puede ser cero, la sentencia es muy acertada porque establece, en primer lugar, que corresponde al consumidor decidir si prefiere la cancelación del contrato o el cambio a otro tipo de interés. Para el caso de la cancelación, las partes deberán devolver las cantidades percibidas, sin aplicación de intereses legales.

En caso de que el consumidor prefiera que el tipo de interés sea sustituido por otro, la sentencia establece un plazo para que las partes se pongan de acuerdo y fija que, en caso de desacuerdo, el nuevo tipo de interés será Euribor +0,25%. Es decir, sustituye el IRPH Cajas por Euribor y mantiene el diferencial. La sentencia explica algo que es obvio pero que, nuevamente, es un tema sobre lo que la banca ha intentado confundir: aplicando la jurisprudencia europea no procede sustituir el IRPH Cajas por IRPH Entidades porque es esencialmente idéntico, porque se incumpliría el requisito del efecto disuasorio para la banca y porque la ley que fija el IRPH Entidades como sustitutivo para el IRPH Cajas e IRPH Bancos lo hace para los casos de sustitución pacífica de estos índices tras su desaparición, no para el caso de anularse la cláusula por abusiva.

En definitiva, se trata de una muy buena noticia, que deja claro que con la jurisprudencia europea en la mano la cláusula IRPH es abusiva. La sentencia de Barcelona llega poco después de conocerse que la Audiencia Provincial de Valencia ha sido la primera en dictar una nulidad de IRPH tras el último auto del TJUE al respecto. El juzgado remitente de las preguntas al TJUE y una Audiencia Provincial están por tanto de acuerdo en declarar nula por abusiva la cláusula IRPH.

En estas condiciones, falta ver cuál será la postura del Tribunal Supremo, que anteriormente siempre se ha posicionado a favor de la banca en materia de IRPH. Lo hizo en primer lugar en diciembre de 2017, intentando zanjar el tema estableciendo que la cláusula IRPH ni siquiera podía ser objeto de control. Tras la sentencia del TJUE de 3 de marzo de 2020, en noviembre del mismo año el Supremo reconoció que la cláusula IRPH no supera el control de transparencia, pero se negó a declararlo nulo. Tras el auto del TJUE del 17 de noviembre de 2021, el Supremo tenía previsto pronunciarse el pasado 19 de enero de 2022, según se recoge en la agenda de señalamientos de dicho tribunal. Sin embargo, a día de hoy no se ha hecho público nada al respecto.

IRPH Stop Gipuzkoa, a pesar del optimismo insuflado por la sentencias de Barcelona y Valencia es pesimista respecto al Supremo, pues considera que los magistrados volverán a equivocarse o prevaricar. Pero no adelantemos acontecimientos.

Además, cabe recordar que a la vía de conseguir la nulidad de la cláusula IRPH por abusiva, iniciada por Maite Ortiz y José María Erauskin en 2013, se le ha sumado recientemente una nueva vía, iniciada por los mismos abogados pioneros en 2021. Más información aquí.

Auzitegi Gorenak urtarrilaren 19an ebatziko du berriz ere IRPHaren inguruan

Espainiako Auzitegi Gorenaren agendaren arabera, urtarrilaren 19an, asteazkenarekin, IRPHaren inguruko ebazpen berriak emango ditu ezagutzera, Europar Batasuneko Epaitegiaren azken autoen ondoren.

Laburbilduz, 2017ko abenduaren 14ean IRPHaren inguruko lehen epaia ebatzi zuen Gorenak, banketxeak salbatu nahian eta IRPH klausula baliogabetzeari ate guztiak itxi asmoz, inolako kontrolik ezin dela aplikatu esatera iritsiz. Baina Espainiako Gorenaren eta banketxeen zoritxarrerako, gaia Europar Epaitegira iritsi zen, eta 2020ko martxoaren 3an bere epaia argitaratu zuen, Espainiako Auzitegi Gorena zuzenduz. Honek ez zuen amore eman hala ere, eta 2020ko azaroan epai berri batzuk ebatzi zituen, IRPH klausula gardentasunik gabea dela onartuz baina baliogabetu gabe, bere esanetan ez delako abusuzkoa. Honek gaia berriz ere Europara itzultzea ekarri zuen, eta Europako Epaitegiak 2021eko azaroaren 17an eman zuen bere iritzia. Orain Espainiako Auzitegi Gorenak Europako azken autoen ondoren zer jarrera hartuko duen ikustea dagokigu. Europak babesten gaituela uste dugun arren, ez gara baikorrak: Gorenak edozein gauza egin dezake banketxeen alde egiteko. Ikusi behar ze argudio erabiltzen dituen oraingoan.

Azpimarratzekoa da José María Erauskin eta Maite Ortizek 2013an abiatu zuten epaitegietako borroka luze honi beste bat batu zaiola orain dela oso gutxi: hemen duzu informazio guztia.

IRPHa baliogabetzeko bide berria!

2021 urtea berri oso on batekin amaitu genuen IRPHak kalteturiko guztiok: klausula hau epaitegietan bertan behera uzteko bide berri bat ireki da.

Abenduaren 30ean argitaraturiko bideo batetan José María Erauskin eta Maite Ortzi abokatuek ezagutzera eman zutenez, A Coruñako epaitegian epai aitzindari bat lortu dute. Orain artean IRPH klausula baliogabetzeko auzibide guztietan abusuzkoa izatea frogatzen saiatzea zen bidea. Auzibide honetan ordea, indarrean dagoen legediaren aurka egiteagatik galdegin dute bertan behera uztea. Azaldu dutenez, kontratua sinatu zenean indarrean zegoen ministerio-agindu batek ezartzen zuen bezeroari indizeak azken bi urtetan izandako balioak erakutsiko zizkion esku-orri bat eman behar zitzaiola, eta eskaintza lotesle bat eman hamar eguneko aurrerapenarekin. Entitateak ez zituen arau hauek bete, eta beraz klausulak bertan behera geratu behar du.

Epaitegiak auzibidea bere osotasunean onartu du, eta entitatea kobraturiko guztia itzultzera zigortu. Maileguak aurrera jarraituko du, baina interesik gabe.

Erauskinek bideoan gogorarazten duen bezala, lehen instantziako epai bat da, eta bilakaera aztertu beharko da, baina berri oso garrantzitsua da. Ez da ahaztu behar Erauskin eta Ortiz direla 2013an IRPHaren aurkako epaitegietako borroka ekin zuten abokatu aitzindariak. Orduan erotzat hartuak izan ziren legezko indize bati loturiko klausula bat bertan behera uztea galdegiteagatik, eta ia 9 urte beranduago milaka dira bide horretatik aurkezturiko salaketak. Gaia Europar Batasuneko Justizia Epaitegira iritsi da, eta Espainiako Auzitegi Gorenak Europaren aginduak ez betetzeko ahaleginean jarraituko duen arren Erauskin eta Ortizek uste dute Europak arrazoia eman digula.

Orain bide berri bat ireki dute, eta bere bilakaera arreta handiarekin jarraitu beharko dugu.

Azpimarratzekoa da bestalde bide berri hau aurrekoaren independentea dela. Hau oso garrantzitsua da, abusuzkotasuna salatzen zuen auzibidea galdu duten familiei auzibide berria irekitzea ahalbidetzen baitie. Ez da “gauza epaitua”. Ez gaude arrazoi berdinagatik bigarren salaketa bat aurkeztea eragozten duen ustezko horretan. Halaxe dio espreski A Coruñako epaiak (Res Abokatuek argitara eman dute eta hemen duzu ikusgai)

Res Abokatuek IRPH klausula abusuzkoa izateagatik bertan behera uzteko eskatzen zuen lehen auzibidea IRPH Stop Gipuzkoarekin elkarlanean aurkeztu bazuten, oraingoan Galizara joan dira, eta Marcos eta bere familia borrokalariarekin egin dute. Erauskinek bideoan azaltzen duen bezala, Marcosen auzia Espainiako Auzitegi Gorenaren zain dago, baina hau ez da arazoa izan auzibide berria Aurrera eramateko.

Europar Epaitegiaren epai berria: premiazko balorazioa

Hona hemen epai berria ulertzeko gure gida. Zuzenbidean adituak ez direnek prestatua, zuzenbidean aditu ez direnentzat.

Epaia askoz hobea izan zitekeen, baina ez dio ezeri atea ixten. Maite Ortiz eta José Maria Erauskin abokatuen balorazioaren zain, badirudi borrokatzen jarraitzea dagokigula.

Hemen jaitsi ditzakezu gure gida PDF formatuan eta epaia.

PSOE, PP, Vox eta Ciudadanos-ek bat egin dute IRPHaren epai europarrean banketxeak diru publikoz defendatzeko

PSOE, PP, VOX Y CIUDADANOS UNEN FUERZAS PARA DEFENDER A LA BANCA CON DINERO PÚBLICO EN EL NUEVO JUICIO EUROPEO AL IRPH

RECHAZAN UNA PROPOSICIÓN NO DE LEY DE IRPH STOP GIPUZKOA QUE PROPONÍA QUE LA ABOGACÍA DEL ESTADO DEFENDIERA A LA CIUDADANÍA O SE MANTUVIERA IMPARCIAL

LA PNL, PRESENTADA POR EH BILDU, HA CONTADO CON EL APOYO DE UNIDAS PODEMOS Y ERC

Donostia, 29-4-2021

La Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Congreso español de los Diputados ha debatido hoy una Proposición No de Ley de IRPH Stop Gipuzkoa sobre la postura que debe adoptar el gobierno en el próximo “juicio al IRPH” a celebrarse en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La PNL constata que el TJUE ha admitido a trámite dos cuestiones prejudiciales relativas al índice de referencia IRPH, y recuerda lo que ocurrió la anterior ocasión. En aquella primera cuestión prejudicial el Reino de España decidió participar en el procedimiento a través de la Abogacía del Estado ante el TJUE, que depende de la Secretaría de Estado para la UE. En la fase escrita del procedimiento, bajo gobierno de PP y en la vista oral, bajo gobierno de PSOE, la abogada del gobierno defendió ante el TJUE los intereses de la banca, afirmando que no es necesario examinar si la cláusula IRPH es o no transparente y añadiendo que «no tiene sentido suministrar las fórmulas de estos tipos oficiales porque el consumidor medio no va a entenderlas». Además, y para el caso de que el IRPH fuera declarado nulo, el gobierno solicitó que no se obligara a las entidades bancarias a devolver las cantidades indebidamente cobradas.

El TJUE dictó sentencia el 3 de marzo de 2020 estableciendo que la cláusula IRPH sí debía someterse al control de transparencia, corrigiendo así al Tribunal Supremo español y desoyendo los argumentos de la abogada del gobierno español.

Tras aquella sentencia el Supremo se pronunció nuevamente el 12 de noviembre de 2020 mediante cuatro sentencias. En ellas, el Supremo admite que la cláusula IRPH no supera el control de transparencia dictado por Europa pero, sorprendentemente, afirma que a pesar de ello la cláusula no es abusiva. Las sentencias cuentan con un voto particular discrepante y numerosos juristas creen que son contrarias a la directiva europea de protección de los consumidores. Como cabía esperar, el asunto ha sido nuevamente elevado a Europa, y es en ese contexto en el que se encuadra la iniciativa que se ha votado hoy.

En la propuesta debatida en el Congreso se instaba al gobierno a personarse ante el TJUE para defender a las personas afectadas o, para el hipotético caso en el que el Gobierno de España decida no defender a su ciudadanía, adoptar al menos una postura neutral, no personándose en el asunto.

La iniciativa ha sido rechazada con los votos en contra de PSOE, PP, Vox y Ciudadanos, que apoyan de este modo que el Gobierno siga facilitando a la banca una defensa pagada con dinero público.

Sólo Unidas Podemos y ERC han apoyado a EH Bildu, que fue quien registró y ha defendido la proposición. El Grupo Parlamentario Plural se ha abstenido, a pesar de que PDeCAT, partido integrante del mismo, ha mostrado su apoyo a la iniciativa.

Valoración de IRPH Stop Gipuzkoa

La plataforma IRPH Stop Gipuzkoa ha seguido con atención el debate, y agradece el apoyo de EH Bildu, Unidas Podemos, ERC y PDeCAT.

En cuanto al bloque favorable a la estafa del IRPH, formado por PSOE, PP, Vox y Ciudadanos, cabe destacar el bajísimo nivel intelectual y argumental empleado en la defensa de su postura.

El representante del PSOE, Manuel González Ramos, ha querido excusar a su partido aludiendo al hecho de que las observaciones escritas presentadas por la abogacía del estado defendiendo a la banca ante el TJUE fueron redactadas bajo gobierno del PP a pesar de ser presentadas el mismo día en que los ministros del PSOE juraban sus cargos. Pobre argumento, cuando la PNL ya asignaba la responsabilidad de dicha defensa escrita al PP. Al PSOE corresponde la intervención en la vista oral, que se produjo 8 meses después. Un poco de vergüenza sí que da usar nuestro dinero para defender a la banca, ¿verdad Manuel?

El representante del PP, Miguel Ángel Paniagua, se mostraba confuso porque la PNL proponía dos opciones: personarse a favor de la ciudadanía o no personarse. Esto ha superado a Miguel Ángel, que ha afirmado que este hecho inhabilita la proposición. Lo anterior, unido a que la PNL ha sido presentada por EH Bildu, ha sido todo lo que ha acertado a argumentar.

La representante de Vox Inés Cañizares ha dicho que defender a la banca es defender el sistema financiero, y que eso supone defender a todos, incluidos los pobres. Y ha añadido que ya decidirá el Gobierno, una vez conocida la sentencia [y agotado por tanto el plazo para presentar alegaciones], si presenta o no alegaciones. En fin.

María Muñoz de Ciudadanos también se ha liado un poco, porque ha comenzado diciendo que está a favor de que el gobierno no se persone ante el TJUE en estos asuntos… apoyando por tanto la segunda de las opciones planteadas en la PNL… pero ha concluido anunciando que votarán en contra. Nada nuevo en nuestra opinión.

Desde IRPH Stop Gipuzkoa hacemos una valoración positiva del debate de hoy, porque ha servido para dejar clara la postura de cada partido. Así, queda claro que el bloque PSOE, PP, Vox y Ciudadanos harán todo lo posible por perpetuar la estafa del IRPH y evitar que la banca nos devuelva lo robado. En su afán por complacer a la banca no dudarán en seguir utilizando recursos públicos, como lo es la abogacía del estado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Lo ocurrido hoy en el Congreso español no merma nuestra confianza en que el TJUE nos va a dar la razón nuevamente. En el nuevo juicio volveremos a presenciar cómo una abogada pagada con nuestro dinero actúa en nuestra contra, mientras el representante de la Comisión Europea defiende nuestros derechos como consumidores. Ocurrió antes y ocurrirá nuevamente; esta vez nadie podrá discutir que PSOE, PP, Vox y Ciudadanos son responsables.